Elecciones 2021: ¿Cuánto es la multa por no ir a votar y ser miembro de mesa?
El precio de las multas fue establecido de acuerdo a la clasificación socioeconómica del distrito al que pertenece el elector.
Este 11 de abril, más de 25 millones de peruanos deberán escoger al próximo presidente del país; sin embargo, las personas que no acudan a las urnas tendrán que pagar una penalidad por no cumplir con su deber cívico.
¿Cuál es el valor de la multa por no ir a votar?
De acuerdo a la la Ley n.° 28859, las multas que deberás pagar son las siguientes:
- S/ 88.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “no pobre” por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
- S/ 44.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “pobre” por el INEI.
- S/ 22.00 si no votas y vives en un distrito clasificado como “pobre extremo” por el INEI.
A su vez, si fuiste seleccionado como parte de la mesa electoral y no cumplirás con tu función cívica, el costo de la multa varía:
- Multa por miembro de mesa omiso: si fuiste sorteado miembro de mesa (titular o suplente) y no ejerces esta función, pagarás S/ 220.00.
- Multa por miembro de mesa y elector omiso: si no cumples con la función de miembro de mesa y no vas a votar, tendrás que pagar S/ 220.00 y la multa de elector omiso, según el distrito en el que vives. Eso significa que te corresponderán dos multas.
- Multa por negarte a formar parte de la mesa electoral: S/ 220.00. En caso de que no asistan los miembros de mesa sorteados por la ONPE, un elector de la fila puede asumir esta función.
¿Cómo y dónde se pagan las multas?
Según el JNE, las multas se deberán pagar en el Banco de la Nación o a través de la página web: www.págalo.pe.
¿Qué pasa si no pago la multa por no votar?
En caso el elector no pague su multa, no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez y más), intervenir en procesos judiciales, hacer actos notariales o firmar ningún tipo de contrato, según la mencionada ley.
Otras restricciones implican la imposibilidad de ser nombrado funcionario público o inscribirse en cualquier programa social del Gobierno.
¿Qué pasa si tengo justificación por no votar?
Los motivos por no acudir a las urnas podrán ser registrados al día siguiente del proceso electoral en la página web del JNE: www.jne.gob.pe. La institución tendrá un plazo máximo de dos días hábiles para emitir respuesta.
¿Cuáles son los motivos que me permiten no sufragar?
Los casos en los cuales procederá el pedido de dispensa son: motivos de salud, viajes por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de algún familiar directo, discapacidad física o mental, encontrarse en prisión, realizar alguna labor de índole electoral o por error en el padrón de votantes.
Asimismo, las personas que se encuentren en grupos de riesgo de contagio por la COVID-19; es decir, tener más de 65 años, padecer enfermedades determinadas y las que al momento de llegar al local de votación tengan una temperatura de 37,5 grados y no se les permita ingresar.