
El Indecopi confirmó la sanción contra la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y la multó con 1,55 UIT (S/8.525) tras determinar que no gestionó la acreditación de un docente como 'Evaluador del riesgo originado por fenómenos naturales' ante el CENEPRED, pese a que dicho compromiso formaba parte de la oferta del curso de especialización. El caso se originó a partir de la denuncia presentada por el profesor universitario, quien indicó que pagó S/3.500 por el programa académico, que incluía la obtención del certificado oficial al culminar las 192 horas lectivas.
La Comisión de Protección al Consumidor concluyó que la Decana de América vulneró el deber de idoneidad previsto en el artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor al ofrecer un servicio educativo que generó expectativas de certificación que no fueron cumplidas. En ese sentido, el colegiado de Indecopi ratificó la multa económica, además de otras medidas correctivas y obligaciones económicas derivadas del procedimiento.
Indecopi determinó que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos promocionó el programa de especialización cuando el convenio con el CENEPRED ya había vencido, lo que imposibilitaba cumplir con la gestión de acreditación ofrecida al docente. Esta situación fue clave para concluir que el servicio educativo no se brindó en las condiciones prometidas al momento de la contratación.
Asimismo, el colegiado precisó que las gestiones posteriores realizadas por la universidad para intentar renovar el convenio no corrigen el incumplimiento inicial. En esa línea, señaló que la falta de acreditación efectiva mantuvo al denunciante en una situación de incertidumbre respecto del reconocimiento profesional ofrecido como parte del curso.
La Comisión de Protección al Consumidor ratificó la multa de 1,55 UIT contra la UNMSM, además de ordenar su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones de Indecopi. También confirmó las costas del procedimiento y la obligación de ejecutar medidas correctivas a favor del docente afectado.
Entre las disposiciones, se estableció que el docente podrá elegir entre continuar con el proceso de acreditación sin costo adicional o recibir la devolución proporcional del monto pagado, más intereses legales. La universidad deberá acreditar el cumplimiento de estas medidas dentro de los plazos fijados por la autoridad administrativa.





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