El Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) apeló una nueva resolución judicial a favor de la empresa de seguridad Protección y Resguardo S.A. (PROTTSA), inhabilitada definitivamente por presentar documentos falsos en un proceso de licitación.
No obstante que el OSCE comprobó que PROTTSA entregó documentación fraguada en un proceso de contratación del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), y que el Tribunal de Contrataciones del Estado ratificó la drástica sanción, la compañía de seguridad mediante medidas cautelares ha conseguido contrataciones con organismos públicos por más de 235,4 millones de soles.
La Procuraduría Pública del OSCE ha interpuesto acciones contra la resolución que beneficia a PROTTSA, porque por segunda vez la jueza provisional en lo contencioso administrativo Russy Arizábal Calderón dispuso validar una medida cautelar que ya había sido declarada nula, al permitirle la concesión de la apelación que efectuó la empresa de seguridad para que dicha medida cautelar siga vigente con la finalidad de suspender la sanción definitiva aplicada a la proveedora.
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De acuerdo con los documentos presentados por el OSCE, a la jueza provisional Russy Arizábal no le correspondía otorgar un nueva medida cautelar cuya sentencia principal ya había sido anulada por la Sala Superior en lo Contencioso Administrativo. Además, porque el expediente del caso no se encuentra en su jurisdicción sino en la Corte Suprema. Y mucho menos la magistrada estaba habilitada para dejar sin efecto la sanción a PROTTSA mediante un recurso de apelación de la proveedora de seguridad.
Este diario solicitó a la firma PROTTSA que ofreciera su versión sobre el caso, pero no respondió a la solicitud, no obstante que había asegurado que lo haría.
Esta empresa fue sancionada por el OSCE por haber presentado una Póliza de Seguridad de Deshonestidad adulterada, un hecho que fue detectado luego de que firmara contrato con OSIPTEL.
PROTTSA interpuso una cautelar contra la sanción que le impuso el OSCE, que le impide contratar para siempre con el Estado.
Pero el juez en lo Contencioso Administrativo de Lima Valentín Oyarce Moncayo, el 31 de julio del 2019, le otorgó a PROTTSA una medida cautelar que suspendió la aplicación de la sanción del OSCE. Y semanas después, el 14 de noviembre, el mismo magistrado falló anulando el impedimento.
La Procuraduría Pública del OSCE apeló la decisión del juez Oyarce y, el 20 de agosto del 2021, la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo revocó tanto la medida cautelar como la sentencia en beneficio de PROTTSA que dictó el magistrado Oyarce, con lo que la sanción volvió a tener vigencia.
Ante esto, PROTTSA solicitó una casación a la Corte Suprema, lo que aprovechó para hacer una jugada legal. Solicitó a la jueza provisional Russy Arizábal Calderón una nueva medida cautelar. El 19 de noviembre del 2021, la magistrada Arizábal accedió al pedido de PROTTSA, con lo que burlaba lo resuelto por la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo. De manera que PROTTSA nuevamente está hábil para contratar con el Estado. El 29 de noviembre del 2021, PROTTSA estaba firmando un contrato con el Ministerio Público por 41 millones de soles.
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Un nuevo giro se dio en el caso cuando el juez Valentín Oyarce fue reemplazado por la magistrada Dina Martínez Garibay. La jueza advirtió que la provisional Arizábal le había concedido a PROTTSA una medida cautelar sin que el expediente estuviera en el despacho, y cuya sentencia ya había sido anulada. Por lo que el 7 de enero de este año Martínez resolvió anular la decisión de Arizábal a favor de la empresa de seguridad.
Empero, en febrero de este año, el presidente de la Corte Superior de Lima, José Díaz Vallejos, promovió a la magistrada Dina Martínez como integrante de la corte y designó nuevamente en reemplazo de esta a la jueza provisional Russy Arizábal.
Con el retorno de la magistrada Arizábal, PROTTSA apeló la decisión de la jueza Dina Martínez. Sorprendentemente, una vez más Arizábal aceptó la apelación de la compañía de seguridad con efecto suspensivo en el día, a pesar de que la ley dice que la apelación no suspende la decisión judicial. Es decir, rehabilitó a PROTTSA como proveedor del Estado, a pesar de la gravísima sanción que le aplicó para que nunca más volviera a contratar con entidades públicas.
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