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Impuestos en Colombia: ¿cuándo debo pagar y declarar mis impuestos en el 2023?

Conoce el calendario tributario en Colombia para declarar y pagar tus impuestos en este 2023. De esta manera, evitarás las multas de las entidades correspondientes.

Impuestos nacionales 2023
Conoce las fechas para declarar y pagar impuestos nacionales en Colombia 2023. Foto: Composición LR

La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el cronograma para pagar los impuestos de Colombia a partir del mes de febrero. Por medio del Decreto 2487 del 16 de diciembre del 2022, el Gobierno implantó los plazos con la finalidad de que los contribuyentes y responsables cumplan con las obligaciones tributarias sustanciales y formales en el 2023.

Mediante su cuenta de Twitter, la DIAN hizo un llamado a toda la ciudadanía para conocer los plazos y estar preparados en este año.

DIAN hace un llamado a la ciudadanía a pagar los impuestos en este 2023. Foto: Twitter / @DIANColombia

Impuesto sobre la renta para contribuyentes

En este caso, las personas naturales, jurídicas y contribuyentes del Régimen Tributario Especial y las demás entidades calificadas por la DIAN deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del 2022 y pagar 3 cuotas.

A continuación, presentamos los plazos para declarar y pagar los impuestos, teniendo en cuenta el último dígito del NIT:

  • Pago primera cuota: entre el 7 y 20 de febrero del 2023
  • Presentación de declaración y pago segunda cuota: entre el 10 y 21 de abril del 2023
  • Pago de tercera cuota: entre el 7 y 22 de junio del 2023.

Revisa los plazos para declarar y pagar tus impuestos. Foto: El Colombiano.

Por su parte, las instituciones financieras calificadas como “grandes contribuyentes” liquidarán de manera anticipada el Impuesto sobre la Renta y Complementario del 2022 mediante dos cuotas y teniendo en cuenta el último dígito del NIT:

  • Pago primera cuota 50%: entre el 10 y el 21 de abril del 2023
  • Pago segunda cuota 50%: entre el 7 y el 22 de junio del 2023

Las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial deberán realizar en dos cuotas iguales el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario del 2022, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT:

  • Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 10 de abril al 8 de mayo del 2023.
  • Pago de la segunda cuota: del 7 al 21 de junio del 2023.

Las obras por impuestos y declaración anual de activos

Los personas jurídicas que a partir del 31 de marzo del 2023 pretenden la vinculación entre el Impuesto de Renta a obras por impuestos tienen la posibilidad de presentar la declaración y pagar la primera cuota hasta el 31 de mayo del 2023.

Por su parte, los grandes contribuyentes, que a partir del 31 de marzo del 2023 soliciten la vinculación, podrán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario, y pagar la segunda cuota hasta el 31 de mayo del 2023.

Conoce los plazos para declarar y pagar tus impuestos en este 2023. Foto: Portafolio

Con respecto a la declaración anual de activos en el exterior, los plazos para su presentación se determinan conforme al tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del NIT. Se precisa que esta obligación solamente se aplica cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos al 1 de enero del 2023 sean superior a 2000 UVT, equivalente a US$84.824.000.

En este caso, los vencimientos son los siguientes:

  • Grandes contribuyentes: de acuerdo con el último dígito del NIT, entre el 10 y 21 de abril del 2023
  • Personas jurídicas: de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 10 de abril y 8 de mayo del 2023.
  • Personas naturales: de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre del 2023.

¿Cuáles son los plazos para el Impuesto sobre las Ventas?

Los contribuyentes responsables, grandes contribuyentes y personas jurídicas cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del 2022 superen o igualen a 92.000 UVT, equivalente a US$3.496.368.000, tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA. Cabe resaltar que se debe tener en cuenta el último dígito del NIT.

  • Enero-febrero: del 7 al 21 de marzo del 2023
  • Marzo-abril: del 9 al 23 de mayo del 2023
  • Mayo-junio: del 7 al 21 de julio del 2023
  • Julio-agosto: del 7 al 20 de septiembre del 2023
  • Setiembre-octubre: del 8 al 22 de noviembre del 2023
  • Noviembre-diciembre: del 10 al 23 de enero del 2024

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