SUNAT no sancionará infracciones cometidas antes de la cuarentena
La medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS.
- Retiro de la AFP 2026: amplían plazo para solicitar retiro extraordinario tras incremento del monto por nueva UIT
- Indecopi falla a favor de María Almenara y sanciona con más de S/21.000 a pastelería peruana por imitar sus empaques

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) anunció que no aplicará sanciones a las infracciones cometidas antes de la cuarentena establecida por el Gobierno para enfrentar la pandemia de la COVID - 19.
La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, publicada este último 8 de enero, precisó que no se castigarán aquellas faltas incurridas hasta del 15 de marzo de 2020, en las que se requiere el traslado de los contribuyentes a sedes administrativas para subsanarlas.
TE RECOMENDAMOS
PETRÓLEO Y VENEZUELA TRAS LA INTERVENCIÓN: QUÉ PUEDE PASAR CON LOS PRECIOS DEL CRUDO | #ECONOW
Entre las infracciones que serán tratadas con discrecionalidad destacan las de no emitir o no otorgar comprobantes de pago, no exhibir libros y registros, no proporcionar información o documentación que sea requerida por la SUNAT sobre las actividades del contribuyente o aquellas que realizó con terceros y, por último, no presentarse a una reunión programada o hacerlo fuera del plazo establecido.
La medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS, es decir, las pequeñas y medianas empresas o aquellos emprendimientos que actualmente tienen un rol protagónico promoviendo la reactivación de los diferentes sectores de la economía.


















