El Consejo Nacional de la Magistratura decidió no ratificar a la jueza Carmen Rojjasi días antes de que elaborara la sentencia del juicio Chavín de Huántar. El acuerdo equivale a una destitución. El gobierno le hizo saber a la magistrada que “todo se arreglaría”, a la espera de que resolviera como se lo pidió en un almuerzo privado: que no hubo ejecuciones extrajudiciales. Pero la jueza cumplió a medias y la sentencia, ahora, es una caja de Pandora. Veamos. Suspenso., Ricardo Uceda INFOS La sentencia del juicio Chavín de Huántar recién estuvo lista a primera hora del día en que debía leerse, el lunes 15 de octubre. La ponencia fue elaborada por la presidenta de la Tercera Sala Penal Liquidadora, Carmen Rojjasi, con la asesoría jurídica de por lo menos un vocal supremo. De los vocales restantes, Adolfo Farfán y Carolina Lizárraga, solo esta última tuvo objeciones parciales. La lectura de 534 páginas demoró diez horas. La audiencia estaba prevista para las 9 de la mañana, pero recién a esa hora la jueza Rojjasi trajo la última versión, quién sabe de dónde. Todo el mundo en la Sala Penal sabía que los otros dos vocales aún no la habían leído. El inicio de la lectura demoró dos horas más porque la jueza Lizárraga, que no estaba de acuerdo con parte del texto, recién pudo escribir sus disensiones. Una tensión entre las dos vocales mujeres fue percibida por el público —a las ocho de la noche, unos cuantos periodistas— cuando Rojjasi dio pase a la lectura del voto en minoría de Lizárraga. Dijo que ella había tenido una apreciación errada de alguna de las pruebas. La aludida respondió que la suya no era una apreciación errada sino un desacuerdo con la mayoría. —Entonces está usted equivocada —retrucó Rojjasi. ESPADA DE DAMOCLES Así es la jueza Rojjasi: tajante, de armas tomar. Era una sentencia muy difícil para ella. Tres días antes, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) había acordado, por unanimidad, no ratificarla como vocal superior. Más allá del resultado de la evaluación, que por la importancia del caso Chavín de Huántar se convierte en un tema en sí mismo, fue insólita, por parte del CNM, la decisión de evaluar a la jueza en esta precisa circunstancia. Podría haber esperado que concluyera el juicio para iniciar el proceso de su ratificación, algo que ocurre periódicamente con todos los magistrados. El presidente del Poder Judicial, César San Martín, puso el grito en el cielo. Si la ratificaban, se iba a decir que era en premio por su sentencia. Si la tachaban, que era un castigo. El presidente del CNM, Gastón Soto Vallenas, dijo que cuando puso su caso en agenda no se acordó de que ella atendía un juicio tan importante. Cuando finalmente el CNM decidió desaprobarla y Rojjasi lo supo, también reaccionó airadamente. ¿Así la trataban y querían que su sentencia dijera que no hubo ejecuciones extrajudiciales en la operación Chavín de Huántar? Supieron de su indignación el Presidente del Poder Judicial, el Primer Ministro, el Presidente de la República y, por supuesto, el CNM. San Martín le ofreció hacer, dentro de los canales institucionales, todo lo necesario para que la decisión pudiera ser revertida. El CNM es autónomo, pero sus decisiones pueden ser apeladas. En esta situación de máxima presión, Rojjasi, con una espada de Damocles sobre su cuello, hizo su sentencia. En la cuestión principal, resolvió en contra de lo que el gobierno quería. Dijo que el emerretista Eduardo Cruz Sánchez, más conocido como Tito, había sido ejecutado extrajudicialmente. El gobierno esperaba que se le considerara muerto en combate. ALMUERZO PRIVADO Las pretensiones gubernamentales sobre el juicio fueron expresadas a Rojjasi en un almuerzo privado que se llevó a cabo en las oficinas del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el 31 de mayo pasado. Asistieron, aparte de la jueza, el presidente de la Corte Suprema, César San Martín —que invitaba el almuerzo—, el entonces ministro de Justicia Juan Jiménez y el agente del Estado Pedro Cateriano. Esta reunión, según fuentes extraoficiales, está justificada porque el Decreto Legislativo 1068, vigente desde el 28 de diciembre del 2008, establece que los procuradores que defienden al Estado en sede jurídica internacional deben coordinar con los titulares de cada entidad. Aunque el texto dice para el cumplimiento de sentencias contrarias a los intereses del Estado, el concepto cubriría propósitos informativos. Que era para lo que, según estas fuentes, solicitó la reunión el ministro de Justicia. Pero el decreto no dice que los procuradores deban reunirse con el juez que ve una causa. Al mismo tiempo que coordinación para defender los intereses del Estado, la reunión puede ser vista como una coordinación contra quien denuncia al Estado, en este caso los deudos de los emerretistas. Los jueces reciben a las partes de ocho a nueve en su despacho, ya sea representante del fiscal o acusado. Para Gloria Cano, de Aprodeh, abogada de la parte civil en el caso Chavín de Huántar, este almuerzo fue anómalo y un antecedente inédito en los juicios ante la Corte Interamericana que ha debido afrontar el Estado. —Es un marco de presión a la jueza —añadió. El procurador del Estado recibe información por escrito del Ministerio Público y del Poder Judicial. No ha ocurrido antes que se reúna con una jueza que ve un caso. Durante el almuerzo, Carmen Rojjasi, según un testigo, mostró reservas para aceptar la tesis de que Tito murió en combate. “Eso se verá en el juicio”, dijo. El testigo tiene una duda: ¿la jueza habrá grabado la reunión? SERVICIO A MEDIAS El Presidente Humala mostró un interés especial en que la sentencia en sede peruana termine con una rotunda exculpación de todos los acusados, tanto de los pertenecientes al cuerpo de comandos del Ejército de como los del SIN: Vladimiro Montesinos, Roberto Huamán Azcurra y Jesús Zamudio. Para ello era indispensable que la sentencia concluyera en que no hubo ejecuciones extrajudiciales durante el operativo de rescate de rehenes de la residencia del embajador de Japón, en 1997. Esta directiva presidencial explica la insistencia del premier Juan Jiménez y el ministro de Defensa, Pedro Cateriano, en la tesis de que ninguno de los emerretistas fue asesinado. Pero las pericias que presentó el gobierno en el juicio, contradictorias entre sí, no lograron convencer a la jueza Rojjasi, en quien los operadores de Palacio de Gobierno tenían cifradas sus esperanzas. Ella podía hacer mayoría con Adolfo Farfán, un juez con muchas acusaciones ante la OCMA cuya docilidad estaba asegurada. La sentencia obliga al gobierno a replantear su estrategia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que resolverá si hubo un debido proceso en la investigación de las supuestas ejecuciones o no. Las pericias enviadas a Costa Rica para sostener que no hubo asesinatos no sirven con una sentencia que dice lo contrario en sede nacional. Por ello, mientras se procesan las apelaciones, el gobierno evalúa pedir a la Corte Interamericana una “excepción preliminar”, acto procesal que objeta la admisibilidad de una demanda por no haberse agotado los procedimientos internos. Aunque la pierda, ganará tiempo mientras logra una segunda sentencia más favorable a su propósito. Sin embargo, Rojassi no hizo las cosas del todo mal para esta estrategia. LAS DISCREPANCIAS La sentencia niega que haya habido una cadena de mando paralela a la de los comandos de la denominada Patrulla Tenaz. Por eso fueron exculpados Montesinos, Huamán y el entonces comandante general del Ejército Nicolás de Bari Hermoza. Aquí coincidieron los tres vocales, pero luego Rojjasi y Farfán establecieron que por la muerte de Tito solo deberá investigarse al personal del SIN. Para sustentarlo, sostienen que el último hecho comprobado es el apresamiento del emerretista por los policías dependientes del coronel Jesús Zamudio, del SIN. También se apoyan en declaraciones de Juan Chuquichauco, un médico de la Sanidad del Ejército que dijo a la policía en 2001 que vio fuera de la residencia a un subversivo muerto custodiado por personal del SIN. En su voto singular, Lizárraga discrepa rotundamente. Según Lizárraga, el último hecho comprobado es la entrega de Tito a un comando luego de que informaran de su detención a Zamudio. En cuanto al testimonio de Chuquichauco, sostuvo que era ilegal considerarlo, porque no fue ratificado durante la instrucción ni sometido a escrutinio durante el juicio oral, como exige el Código de Procedimientos Penales. En su voto la jueza desarrolla la idea de que no es posible sostener a priori, como lo hace la sentencia, que ninguno de los comandos tuvo alguna participación en la muerte de Tito. Zamudio, que se consideraba a órdenes del jefe operativo de los comandos, José Williams (ver recuadro), pudo haberle informado a este de su detención. Si uno de los comandos recibió a Tito de manos de los policías, tuvo que haber sido una autoridad de su cuerpo, porque ellos no recibían órdenes de nadie del SIN. Lizárraga discrepó, además, de que Rojjasi y Farfán hayan considerado que la sentencia del fuero militar sobre el caso —que exculpa a los miembros de la Patrulla Tenaz— se pronunció sobre la muerte de Tito, lo que manifiestamente no se produjo. No es difícil concluir que esta parte de la sentencia como las anteriores tuvo el propósito de blindar a cualquiera de los comandos de una posible investigación futura. Por eso los vocales de la mayoría enviaron la sentencia a un Fiscal Supremo, que tiene un poder absolutamente discrecional sobre el futuro del caso. Puede archivarlo. Este fue otro punto de divergencia. Lizárraga opinó que corresponde enviarlo a un fiscal provincial, para que pueda hacer una investigación abierta, sin limitaciones. Al pedir investigar solo al personal del SIN, la sentencia pone los reflectores sobre los policías Marcial Torres y Raúl Robles, que apresaron a Tito y cuyo testimonio fue decisivo para determinar que hubo asesinato. Gran paradoja. —Yo del gobierno no me quejaría —dijo un magistrado que presenció los afanes del régimen—. La sentencia con un pedido de investigación direccionado le da un gran margen de maniobra. Por eso mismo, la jueza Rojjasi espera que el CNM revoque su decisión de no ratificarla, con la ayuda de diversas influencias. En sus evaluaciones salió muy por debajo del promedio de otros evaluados, y la votación de los siete miembros del Consejo fue desaprobarla. Pedirá reconsideración. Ya tiene dos de los cuatro votos que necesita. LO QUE DIJO ZAMUDIO La única declaración que hizo el prófugo coronel Jesús Zamudio fue el 27 de febrero del 2002, ante la policía y el Ministerio Público. Dijo que su función era dar seguridad frontal a la residencia y que después no supo de ningún rendido. Reproducción de una pregunta del fiscal Richard Saavedra y su correspondiente respuesta: PARA QUE DIGA: ¿Quiénes eran sus mandos superiores de quienes recibían órdenes para cumplir la misión que se había encomendado durante el operativo de rescate? Dijo: –Que durante la operación dependía del coronel EP Williams, a quien le daba cuenta de todo y cuando yo no estaba me suplía en el mando temporalmente el capitán EP Gutiérrez.