Morropón le devuelve dignidad al sistema electoral

JEE de la localidad piurana excluyó a alcalde por reelección encubierta, estableciendo un precedente que el JNE debe convertir en criterio uniforme para todo el país.

La historia de la República peruana enseña que las grandes lecciones de dignidad institucional han venido muchas veces de las regiones y de la ciudadanía organizada, no de la capital. Desde las comunidades campesinas y los comités de autodefensa que resistieron al terrorismo de Sendero Luminoso hasta los jueces de las Cortes Superiores del interior que firmaron el pronunciamiento el pasado 11 de agosto en defensa de la independencia judicial.

Esta semana, Morropón suma una página más a esa historia. El Jurado Electoral Especial de esa pequeña localidad piurana tomó una decisión que los constitucionalistas más prestigiosos del país han calificado de valiente y correcta. Excluyó al alcalde Richard Baca Palacios, de Alianza para el Progreso, de la contienda electoral. La motivación fue reconocer que su candidatura como primer regidor, luego de que el candidato a alcalde de su lista renunciara, producía objetivamente el resultado que el artículo 194 de la Constitución prohíbe, es decir, la continuidad inmediata del mismo burgomaestre.

Además, el fallo electoral estableció un argumento que sienta un fundamental precedente a la jurisprudencia electoral: no hace falta demostrar intención. Para el jurado descentralizado basta con que el resultado objetivo sea el mismo que la Constitución prohíbe, independientemente de lo que los involucrados hayan planeado.

Ese razonamiento es impecable. El JEE de Morropón no buscó la salida fácil del formalismo procesal que es el favorito de quienes abusan de las normas. Entró al fondo del asunto, aplicó el artículo 103 de la Constitución sobre abuso del derecho y llegó a la conclusión que cualquier ciudadano informado habría alcanzado. La combinación de dos actos individualmente válidos, un alcalde postulando como regidor y un candidato renunciando, puede producir un resultado constitucionalmente prohibido.

Lamentablemente, el contraste con el JEE de Lima Centro es inevitable. Frente a una maniobra idéntica protagonizada por Rafael López Aliaga en Lima, el jurado capitalino optó por el argumento más formalista disponible: que el pedido de exclusión llegó fuera de plazo. Jamás entró al fondo.

Dada las características de la captura de las instituciones peruanas en la actualidad, lo ocurrido en Morropón es un acto de valentía institucional que devuelve la dignidad a los fueros electorales y sus mandatos constitucionales. Pese al maltrato de quienes deberían hacerlo y no lo hacen.