Expresidenta del Tribunal Constitucional.
Para ejercer un oficio hay que tener cierto perfil profesional. Mientras más especializado sea el trabajo, más exigentes serán las cualidades. Por ejemplo, en la medicina hay cirugías que requieren alta especialización; en el campo militar, intervenciones que demandan gran destreza; y en la actividad judicial, las decisiones de mayor impacto social son tomadas por jueces con amplia experiencia en una alta corte.
En la administración pública, determinadas labores exigen por ley un perfil profesional y experiencia laboral. Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que se encarga de la elección y la permanencia de jueces y fiscales en todo el país, la Ley N.º 30916 establece impedimentos claros: no tener deudas tributarias o por alimentos, y “no tener condena con sentencia consentida o ejecutoriada por violencia contra las mujeres, niños, niñas o adolescentes (…)”, entre otros, según el artículo 11 de la citada ley.
Por mandato legal, un agresor no puede integrar la JNJ. Sin embargo, el caso de Gino Tomás Ríos Patio lo contradice: un funcionario con sentencia que “declara fundada la demanda de violencia familiar, en la modalidad de maltrato psicológico ejercida por Gino Tomás Ríos Patio, en agravio de su esposa xxx”. Más aún, su cónyuge obtuvo judicialmente el divorcio por causal de violencia psicológica.
Estos fallos, referidos al ejercicio de violencia en el entorno familiar, constituyen un dato objetivo que justifica su retiro del cargo. La violencia en el ámbito familiar no puede minimizarse: la Organización Panamericana de la Salud (OPS) la considera un grave problema de salud pública y una violación de derechos humanos. UNICEF, en la misma línea, señala que esta violencia tiene raíces en la desigualdad de género y la discriminación.
El Tribunal Constitucional, en el caso Colonia Balarezo (STC N.º 03378-2019-PA/TC), reconoció el derecho a una vida libre de violencia, ya previsto en la Convención de Belém do Pará. Estas exigencias legales sobre el perfil de los miembros de la JNJ se explican porque no solo eligen jueces, sino que deciden su permanencia o destitución.
No obstante, los integrantes Teresa Cabrera, Víctor Chanduví, Jaime De la Puente y Cayo Galindo decidieron no vacar a Ríos Patio, a pesar de la sentencia en su contra. Con ello, enviaron un mensaje peligroso: que la violencia contra la mujer es un tema exagerado.
Una sociedad que tolera la violencia familiar es una sociedad enferma, que minimiza, justifica y normaliza la agresión. Como recuerda el rapero argentino Zatch: “hay que imaginarnos el pasar por una situación de violencia, para entender, aunque sea por un minuto, esta situación”.
El impacto de esta decisión será profundo: jueces y fiscales que condenen agresiones familiares podrían ver comprometida su ratificación por parte de una JNJ que ya toleró la violencia en sus propias filas.
Ríos Patio no es un caso aislado. Lamentablemente, hay jueces y fiscales denunciados por ejercer violencia en el hogar. Si la JNJ normaliza estos actos, se corre el riesgo de que la violencia se perpetúe bajo un manto de impunidad institucional.
La pregunta es inevitable: ¿quién está más enfermo moralmente, quien agrede o quien justifica y minimiza la violencia? No basta con reprochar al agresor; también hay que señalar a quienes permiten que continúe en el cargo. Esto no es solo debilidad moral, sino una negación de la legalidad y del derecho a vivir en comunidad con dignidad y libres de violencia.
¡No al maltrato de las mujeres, aunque la JNJ lo minimice!