Con un fallo exprés, el TC les dio la razón a los congresistas que buscaron insistentemente tumbarse a la Sunedu y que finalmente usaron una interpretación de la constitucionalidad de una ley para lograrlo.
La alianza de Fuerza Popular, los partidos que se alinean con los intereses de las universidades privadas y un sector de Perú Libre plantearon la inconstitucionalidad de la Ley 31520 para obtener el resultado contrario, y así lograr su objetivo de liquidar la Sunedu.
El TC, al haberse prestado a favorecer esta estratagema, también es partícipe de este golpe dado a la reforma educativa y que tendrá como primeras víctimas a los estudiantes universitarios, a quienes se les está negando el derecho a una educación de calidad.
El Sunedu, como órgano técnico, había logrado en estos años elevar la valla de las exigencias que se requieren para licenciarse como universidad. Estos nuevos criterios respondían al mejoramiento de la infraestructura educativa, un mayor nivel de exigencia para los profesores universitarios y el desarrollo de labores destinadas a impulsar la investigación académica, entre otros.
El retorno de la Asamblea Nacional de Rectores, entidad desprestigiada que buscó el beneficio personal y la rentabilidad del “negocio” educativo, es una mala noticia para la comunidad universitaria. La comercialización de la calidad prosperó durante su gestión, fundamentalmente porque eran juez y parte interesada de esta alta rentabilidad a costa de la cada vez mayor precarización de la enseñanza.
Aún existen algunos mecanismos constitucionales que podrán salvar a la comunidad universitaria de la mediocridad y el lucro. Se espera todavía la calificación de la demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo ante el TC y se han recogido más de 10.000 firmas para garantizar la permanencia de la Sunedu.
Es la hora de la defensa de todo lo avanzado en materia de reforma educativa y de revelar la red de intereses particulares y comerciales que están detrás de la vuelta al pasado que ha promovido el Congreso con el aval del TC.
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