Disposición. Esta sanción corresponde a las infracciones a la Ley de Represión a la Competencia Desleal, precisa Indecopi.,Si se comprueba que Gloria infringió la Ley de Represión de la Competencia Desleal por el caso Pura Vida, podría recibir una sanción de hasta 700 unidades impositivas tributarias (UIT), esto es S/ 2 millones 835 mil, indicó el Indecopi. En tanto, si se determina que la infracción fue contra el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la multa llegaría a los 450 UIT, es decir, S/1 millón 822 mil. PUEDES VER Pura Vida retirará imagen de la vaca de sus etiquetas Anahí Chávez, directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, precisó que se realiza un trabajo conjunto para evaluar el mercado y los etiquetados en general. "En (el caso) Pura Vida, Digesa hará una evaluación de las condiciones del etiquetado en virtud del registro sanitario, e Indecopi inició las investigaciones en materia de publicidad y del rotulado", dijo. Precisó que el sistema peruano funciona con un control ex ante que realiza Digesa. "No es como dicen que los productos entran sin ningún control. Los productos alimenticios que ingresan al mercado piden la autorización del registro sanitario a Digesa. Luego hay un control ex post de la información que se da. Esto lo realiza el Indecopi", anotó. Procedimiento Según Chávez, las comisiones a cargo deben evaluar de foma independiente el caso y determinar el procedimiento respectivo. "La medida cautelar se evaluará en las comisiones y eventualmente se dará la información. Ni el presidente de Indecopi ni yo pertenecemos al área resolutiva", indicó. Precisó que el procedimiento para sancionar dura 120 días hábiles, aunque generalmente toma menos tiempo. Informada de que Gloria sacará de su etiqueta la imagen de la vaca, Chávez indicó que esta respuesta de la empresa se evaluará dentro del procedimiento de investigación, que no tiene plazos. Casos anteriores Anotó que existen dos precedentes similares al caso de Pura Vida. Uno del 2010 que fue declarado infundado y otro del 2012 que se declaró fundado con una multa de 20 UIT. "En este caso se ordenó como medida correctiva que la empresa señale en la etiqueta todas las adiciones que tiene el producto. Esto es precisamente lo que ahora se indica (vitamina, grasa vegetal, etc.) y que en su momento no estaba", refirió. Por otro lado, explicó que si se cobra de más en algún recibo de pago, Indecopi puede determinar la devolución. "Si en la infracción se determina que hay un desmedro económico, sí (se daría la devolución). Pero al parecer, es un tema de información", remarcó. Claves Anahí Chávez evitó referirse al fallo de la autoridad panameña sobre el caso de la leche Pura Vida. No obstante, señaló que la prohibición de ingreso del producto peruano no es definitiva y solo deben corregir los errores detectados en el etiquetado.