El 2 de abril será un día clave para trabajadores sobre un posible retiro de AFP y CTS: se verá en el Congreso del Perú
La Comisión de Trabajo aprobó un dictamen que permitirá a los trabajadores acceder al 100% de sus depósitos por CTS, lo que, según sus promotores, podría generar un aumento en la liquidez de la economía peruana.
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La liberación de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) continúa avanzando en las comisiones del Congreso del Perú. Sus defensores argumentan que esta medida fomentará el consumo interno y beneficiará a los pequeños emprendedores.
Cabe recordar que la Comisión de Trabajo del Congreso dio luz verde la semana pasada al predictamen de ley que autoriza el retiro total de los depósitos por CTS hasta diciembre de 2026. A continuación, te contamos más detalles sobre el progreso de la iniciativa que busca entregar mayor liquidez a cientos de miles de trabajadores en Perú.
Motivos por los cuales el 2 de abril se considera una fecha clave para la posible aprobación del retiro de fondos de la CTS y AFP en Perú
En el programa "Economía para todos" de RPP, el congresista Ilich López, presidente de la Comisión de Economía, subrayó que el miércoles 2 de abril se ha fijado como la fecha para iniciar el debate sobre estos asuntos de gran relevancia. El proyecto de ley en cuestión deberá ser revisado por la comisión que preside. Si recibe el visto bueno, será llevado al Pleno del Congreso para su consideración.
Con el objetivo de obtener una visión integral, se recopiló información de diversos grupos de interés, que incluyen a trabajadores de diferentes sectores, así como de entidades financieras. Se consultó al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
¿Cuál es el proyecto que aprobó la Comisión de Trabajo?
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó el martes 18 de marzo el dictamen que permite a los trabajadores acceder al 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida busca brindar mayor flexibilidad a los empleados en la gestión de sus ahorros.
La propuesta presentada en la Comisión destaca que la aprobación de este predictamen fortalecerá el consumo privado, que representa el 70% del Producto Bruto Interno (PBI). Además, se asegura que esta medida permitirá a los pequeños negocios continuar con sus operaciones de manera sostenible. Los legisladores han señalado que la iniciativa tiene como objetivo proporcionar liquidez de manera urgente a la población, con el fin de mitigar los efectos económicos que continúan afectando a los ciudadanos.
¿Hasta cuándo se deposita la CTS en Perú?
La Compensación por Tiempo de Servicios es un derecho laboral que beneficia a todos los trabajadores formales en el país. Este monto se entrega en dos ocasiones al año, lo que permite a los empleados acceder a un fondo que pueden utilizar en situaciones de emergencia, imprevistos o como ahorro.
El primer depósito se efectúa en mayo, que se calcula con base en los meses de noviembre a abril. En cuanto al segundo pago, que se realiza en noviembre, se considera el período de mayo a octubre. Las empresas tienen un plazo de hasta 15 días después de cada uno de estos meses para realizar el depósito correspondiente.
CTS: ¿quiénes no reciben este beneficio laboral?
- Trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
- Trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype.
- Quienes perciben una remuneración integral anual.
- Empleados que reciben más del 30% de su ingreso por concepto de comisiones o tarifas.
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral en el Perú que funciona como un fondo de ahorro obligatorio para los trabajadores en planilla del sector privado. Su objetivo es servir como un respaldo económico en caso de cese laboral. Se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, en una cuenta bancaria elegida por el trabajador.
El monto equivalente de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) equivale aproximadamente a un sueldo por cada año trabajado. El retiro de la CTS está restringido, salvo en casos específicos, como cuando el trabajador acumula más de cuatro sueldos en su cuenta, que pueden disponer del excedente.
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