Economía

Después del Reintegro 3, ¿cuál sería la siguiente lista del Fonavi para cobrar la devolución de aportes este 2025?

En marzo de 2025, se devolverán aportes a más de 186.000 exafiliados del Fonavi mediante el programa Reintegro 3, donde se prioriza a beneficiarios mayores de 70 años.

La Lista 21 fue el último padrón aprobado del Fonavi por el gobierno en diciembre de 2024. Foto: composición LR/Andina
La Lista 21 fue el último padrón aprobado del Fonavi por el gobierno en diciembre de 2024. Foto: composición LR/Andina

En marzo de 2025, se realizará la devolución de aportes a más de 186.000 exafiliados del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) mediante el programa Reintegro 3. La mayor parte de los beneficiarios son personas mayores de 70 años que no han recibido pagos en ocasiones anteriores y que cumplen con los criterios establecidos para acceder a este reembolso.

Sin embargo, todavía restan muchos fonavistas que no formarán parte de este padrón. Por este motivo, un numeroso grupo de exaportantes del Fonavi espera ser incorporado en una próxima lista para obtener la devolución de sus aportes pendientes. Este proceso, que se lleva a cabo bajo la supervisión de la Comisión Ad Hoc y la Secretaría Técnica, tiene como objetivo beneficiar a quienes no fueron incluidos en registros previos.

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¿Cuál sería la siguiente lista del Fonavi en 2025?

José Cortez, portavoz de los fonavistas, informó que la Lista 22 de beneficiarios podría incluir a 100.000 fonavistas que habitan en viviendas de techo liviano, las cuales han sufrido los efectos de fenómenos climáticos y carecen de un sistema de saneamiento adecuado. En particular, destacó que los afectados tendrían la posibilidad de realizar sus cobros en los meses de marzo, abril y junio.

Las familias que quedaron sin hogar a causa del fenómeno de El Niño han recibido apoyo económico a través del Banco de Materiales. Esta ayuda financiera les ha permitido adquirir materiales de alta calidad, lo que facilitará la reconstrucción de los techos de sus viviendas dañadas.

El grupo en cuestión se constituyó entre febrero y junio del año anterior. Sin embargo, se priorizará a aquellos que ya han saldado su crédito. Por otro lado, quienes aún mantienen deudas tendrán la oportunidad de regularizar su situación mediante la devolución correspondiente, tal como lo señaló Cortez.

Herederos del Fonavi acceden a la devolución de aportes en 2025

Los herederos de fonavistas que han fallecido pueden reclamar los aportes realizados al Fondo Nacional de Vivienda. Este derecho se extiende a aquellos casos en los que el titular no haya dejado un testamento. Para acceder a este beneficio, es esencial cumplir con los requisitos establecidos y presentar la documentación necesaria en las agencias del Banco de la Nación.

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
  • Declaración jurada donde se manifieste la condición de heredero, por lo que declara que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad. En caso contrario, deberán incluirse todos los beneficiarios en el mismo documento.
  • Partida de defunción certificada del fonavista fallecido, con no más de 30 días de antigüedad.

Asimismo, en función del vínculo con el fonavista fallecido, será necesario presentar documentación adicional:

  • Cónyuge o conviviente: copia certificada de la partida de matrimonio o certificado de unión de hecho (Sunarp).
  • Hijos: copia certificada de la partida de nacimiento.
  • Padres o hermanos: partida de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.

¿Cómo verificar la inclusión del fonavista?

Los fonavistas pueden verificar su inclusión en las listas de beneficiarios a través del portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi. Para llevar a cabo este proceso, deberán seguir una serie de pasos establecidos que facilitan la confirmación de su estado.

  1. Ingresar a la web oficial especializada respecto a los fonavistas denominada "Pendientes de cobro, grupos de pago y reintegro".
  2. Seleccionar el tipo de documento (DNI u otro permitido).
  3. Ingresar el número de documento y completar el código captcha.
  4. Hacer clic en “Consultar”.

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