Economía

SBS disuelve cooperativa en Arequipa por causal de inactividad: ¿qué significa y qué pasará con sus activos?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante la Resolución N.º 03450-2024, ha dispuesto el inicio del proceso de disolución para proteger los recursos involucrados

La disolución de las cooperativas se rige bajo la Ley 30822 o denominada Ley COOPAC. Foto: Andina/Facebook Cooperativa La Solución Arequipa/LR
La disolución de las cooperativas se rige bajo la Ley 30822 o denominada Ley COOPAC. Foto: Andina/Facebook Cooperativa La Solución Arequipa/LR

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha decidido disolver la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Solución de Arequipa Ltda., de acuerdo con lo establecido en la Resolución SBS N.º 03450-2024. Esta medida, que se hizo pública recientemente, se basa en la causal de inactividad de la entidad financiera, lo que plantea interrogantes sobre el destino de sus activos y el procedimiento para su liquidación.

En este escenario, es fundamental comprender cómo se llegó a esta situación y cuáles serán los pasos a seguir para garantizar la adecuada administración de los bienes de la cooperativa.

Una cooperativa de ahorro y crédito es una entidad que, aunque no puede captar depósitos del público, ofrece servicios financieros a sus socios. Estas instituciones están reguladas por la SBS, cuya labor incluye supervisar su funcionamiento. En casos de incumplimiento o inactividad, como ocurrió con La Solución de Arequipa, la SBS puede intervenir, declarando su disolución.

Cooperativa La Solución: ¿qué pasó con la entidad financiera?

La disolución de La Solución de Arequipa se dictó debido a su inactividad prolongada, lo que la excluyó del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. Este registro regula las cooperativas que, aunque no pueden captar fondos de terceros, manejan el ahorro de sus socios, quienes dependen de su buena gestión. La inactividad es una de las causales que la SBS considera grave, pues afecta la capacidad operativa de la cooperativa para cumplir con sus obligaciones frente a los socios.

La resolución establece, además, la designación de administradores temporales para gestionar el proceso de disolución. Edwin Esquivias Astete, Ytalo Franko Gutiérrez Cruz y Luis Augusto Gonzales Cubas han sido nombrados como responsables de tomar el control de los bienes y operaciones de la cooperativa, a fin de resguardar los intereses de los acreedores y socios. Desde el momento de la resolución, queda prohibido iniciar procesos judiciales contra la entidad o ejecutar resoluciones previas.

¿Qué pasa cuando la SBS interviene una cooperativa?

Cuando la SBS interviene en una cooperativa, su rol es asegurar una liquidación ordenada que minimice el impacto sobre los socios y el entorno financiero. En el caso de La Solución, se prohíbe la constitución de gravámenes sobre sus bienes y la ejecución de pagos, adelantos o compensaciones que comprometan sus activos. Los administradores temporales tienen la facultad de inscribir la disolución en los registros públicos, tomar posesión de los bienes y realizar un inventario detallado.

Este proceso es clave para proteger los recursos involucrados. De acuerdo con el reglamento, los administradores están obligados a elaborar un estado financiero ya realizar una valoración de los activos de la cooperativa. Esto incluye desde inmuebles hasta fondos en efectivo, los cuales deberán ser liquidados o distribuidos de manera equitativa entre los

SBS: cooperativas que quebraron en 2024

En 2024, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha disuelto varias cooperativas de ahorro y crédito en Perú debido a su inactividad. Hasta ahora, se han cerrado cuatro cooperativas, incluyendo la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jesús Obrero-Comas, entre otras.

Estas entidades no estaban cumpliendo con su objeto social, lo que llevó a la SBS a designar administradores temporales para gestionar el proceso de disolución. La resolución prohíbe iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, asegurando que no se realicen pagos o se asuman nuevas obligaciones durante este periodo