Bono S/709 para el sector salud 2023: requisitos, cuándo se cobra y más
Un grupo de trabajadores del sector salud recibirá el mayor monto de los bonos incluidos en la ley de créditos suplementarios. Conoce todos los detalles sobre la bonificación de S/709, que se entregará por única vez.
El último viernes 27 de octubre se publicó en el Diario El Peruano la ley de créditos suplementarios, que incluye una serie de bonos para los trabajadores del sector público, esto con el propósito de financiar los gastos para afrontar la recesión y el peligro por la ocurrencia del fenómeno El Niño.
El Ministerio de Economía y Finanzas(MEF) es la entidad encargada de entregar estas ayudas económicas durante el 2023 y una de las bonificaciones excepcionales de mayor monto es la que recibirá el personal de salud. A continuación, te contamos qué trabajadores recibirán este bono de S/709 y cuáles son los requerimientos para cobrarlo.
➤ Bono de S/709 para personal de salud: estos son los requisitos
De acuerdo al artículo 30 de la ley N.° 31912, esta bonificación extraordinaria se entregará por única vez al personal de salud y no tiene un carácter remunerativo. Además, no está afecta a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable, ni forma parte de los beneficios laborales. Para recibir este bono, se tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con vínculo laboral vigente.
- Estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Tener al menos cinco meses de servicio.
➤ ¿Cómo saber si soy beneficiario del bono S/709?
La bonificación excepcional para el personal de salud está dirigida a un grupo de trabajadores estatales, comprendidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153 y el personal de salud contratado sujeto al régimen del Decreto Legislativo 1057, así como el personal administrativo del Decreto Legislativo 276 y Decreto Legislativo 1057, del Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales.
Los trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo 1153 se refieren al personal de salud compuesto por los profesionales y personal técnico y auxiliar asistencial de este sector. Estos son:
- Médico Cirujano
- Cirujano Dentista
- Químico Farmacéutico
- Obstetra
- Enfermero
- Médico veterinario que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Biólogo que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Psicólogo que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Nutricionista que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Ingeniero Sanitario que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Asistenta Social que presta servicio en el campo asistencial de la salud
- Tecnólogo Médico que se desarrolla en las áreas de terapia física y rehabilitación, laboratorio clínico y anatomía patológica, radiología, optometría, terapia ocupacional y terapia del lenguaje en el campo de la salud.
Respecto al personal técnico y auxiliar asistencial de la salud, se refiere al que está comprendido en la ley que regula el trabajo de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud que desarrollan funciones en estos servicios:
- Enfermería
- Obstetricia
- Laboratorio
- Farmacia
- Rayos X
- Medicina Física y Rehabilitación
- Nutrición
- Odontología
- Otras actividades vinculadas a la salud individual o salud pública.
De igual forma, el Decreto Legislativo 1153 señala que "están excluidos del ámbito de aplicación el personal o los servidores de las entidades públicas que ocupan un puesto destinado a funciones administrativas, así como el personal de EsSalud, del SIS, Susalud, el personal militar de las Fuerza Armadas y el de la Policía Nacional del Perú en actividad que presta servicios asistenciales en salud".
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➤ Bono de S/709 para personal de salud: ¿quiénes NO lo recibirán?
Según establece la Ley N.° 31912, que aprueba los créditos suplementarios, se encuentran excluidos de la entrega de esta bonificación extraordinaria, los funcionarios públicos señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, así como el personal que ocupa cargos directivos de libre designación y de confianza.
➤ ¿Qué otros bonos se incluyen en la ley de los créditos suplementarios?
- Bono de S/600 para trabajadores del sector público.
- Bono de S/220 para docentes y auxiliares de educación de las instituciones de educación básica y técnico productiva, ya sean nombrados o contratados
- Bono de S/400 para el personal de las direcciones distritales de la Dirección general de Defensa Pública y Acceso a la Justicia
- Bono de S/550 para los servidores de elencos nacionales y regionales del Ministerio de Cultura.
- Bono de S/500 para servidores del Poder Judicial.