MEF dispone cerca de 460 millones de soles para la continuidad del personal COVID hasta junio
Con este monto se pretende asegurar la permanencia de brigadas COVID-19 y la atención de los casos confirmados y sospechosos.
Con la intención de mantener la atención integral en respuesta a la emergencia sanitaria por la COVID-19, el Estado oficializó, a través del Decreto de Urgencia N° 009-2022, diversas medidas excepcionales y temporales contra la pandemia.
Este decreto, por medio del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), autorizó para el año fiscal 2022 una transferencia de S/ 469 544 557 a favor del Ministerio de Salud (Minsa), del Instituto Nacional de Salud (INS), del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales.
Entre las principales medidas que se deben cubrir con este monto está la continuidad del personal CAS COVID, necesaria para asegurar la capacidad operativa del sistema de salud en todos los niveles de atención del 30 de abril hasta el 30 de junio de 2022. Esta respuesta operativa cuida los siguientes aspectos:
- Oferta de servicios de salud para la atención de casos sospechosos y confirmados en los establecimientos de los tres niveles de atención, los centros de aislamiento y atención temporal y los centros de oxigenoterapia temporal.
- Continuidad a los puntos y brigadas de vacunación, los equipos de intervención integral y las brigadas de intervención en comunidades indígenas.
- Garantizar la atención en la Red Nacional de Laboratorios en Salud Pública de las Direcciones Regionales de Salud y Gerencias Regionales de Salud; el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica; el Sistema de Atención Móvil de Urgencias (SAMU) y Telemedicina; la coordinación nacional de las estrategias implementadas para contención y mitigación de la progresión de la pandemia y el monitoreo de las macroregiones.
Además, para los meses de mayo y junio de 2022, se autoriza al pliego 011 Minsa y a las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos regionales otorgar la entrega económica por prestaciones adicionales para la vacunación contra la COVID-19 al personal de la salud, incluidos los profesionales de la salud comprendidos en la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural Urbano Marginal de Salud (SERUMS) y los que se encuentren desarrollando la segunda especialidad bajo la modalidad de residentado.
Finalmente, se dispuso la entrega económica extraordinaria a favor de los deudos del personal de la salud por mortalidad a causa de la COVID-19.