
El presidente de la Red Internacional de Abogados por Venezuela, Emilio Morillo, aseguró que sí es posible demandar al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, por abusos y violaciones de derechos humanos contra inmigrantes venezolanos deportados, aunque el proceso enfrenta importantes limitaciones legales.
En entrevista con La República, Morillo explicó que la inmunidad presidencial y la inmunidad soberana de EE.UU. condicionan las acciones legales, y que la mayoría de los casos solo podrían iniciarse al término del mandato de Trump, siempre que las víctimas cuenten con pruebas sólidas y, en algunos casos, estatus migratorio regular.
En Estados Unidos, la figura de la inmunidad presidencial protege al jefe de Estado durante su mandato, mientras que la inmunidad soberana blinda al gobierno federal frente a la mayoría de demandas. Morillo explicó que, aunque existe la Ley de Reclamaciones de Agravios contra el Gobierno Federal, su aplicación depende de la autorización del propio Estado, que evalúa si hay condiciones críticas y pruebas suficientes.
“El proceso no es sencillo. Hay limitaciones claras, especialmente cuando se trata de demandar a un presidente en funciones. En este caso, se debe esperar a que concluya su mandato y evaluar si sus decisiones vulneraron derechos humanos”, precisó el abogado.
El experto recordó que en 2018, durante el primer mandato de Donald Trump, se implementó la política de Tolerancia Cero, inicialmente orientada a frenar problemas como el alcoholismo y el narcotráfico, pero que terminó separando a miles de niños de sus familias en la frontera sur.
Actualmente, varias demandas colectivas por esa política siguen en curso, sin resolución, debido a que el regreso de Trump a la presidencia congeló los procesos judiciales pendientes. “Cuando se trata de casos masivos, las víctimas suelen unirse y recurrir a organizaciones internacionales para respaldar sus denuncias”, agregó Morillo.
El experto nos relató del caso del venezolano Néyer Berleón, de 27 años, el cual ejemplifica este tipo de situaciones. Deportado desde EE.UU. al penal de máxima seguridad de El Salvador (Secod) bajo la Ley de Enemigos Extranjeros, inició un reclamo administrativo, paso previo a una demanda, solicitando una compensación de 1,2 millones de dólares. Según Morillo, su condición de inmigrante con estatus legal le permite presentar el caso ante tribunales federales, algo que no es posible para la mayoría de los deportados indocumentados.
El abogado recalcó que solo quienes tienen estatus migratorio regular pueden iniciar una demanda ante cortes federales en EE. UU. En cambio, los inmigrantes venezolanos indocumentados que sufran abusos deben acudir a instancias internacionales como la ONU o la OEA.
“El gobierno estadounidense protege de forma estricta la información sobre los deportados. No hay obligación de difundir cuántos tenían documentos y cuántos no, por lo que las denuncias de indocumentados deben tramitarse fuera del sistema judicial federal”, señaló Morillo.
Para sustentar una denuncia, son clave las pruebas médicas y psicológicas, así como evidencias gráficas y testimonios que acrediten malos tratos, negación de atención médica o violación del debido proceso. Determinar bajo qué ley se realizó la deportación es fundamental, ya que algunas (como la Ley de Enemigos Extranjeros) ofrecen mayor blindaje al Estado.
Morillo aconsejó a los inmigrantes venezolanos cumplir estrictamente con las citaciones judiciales y procesos migratorios, incluso ante riesgo de deportación, ya que esto preserva sus derechos legales. También recomendó:
En casos de fallecimientos por negligencia, como la privación de medicamentos esenciales, el abogado afirmó que podrían iniciarse demandas directas contra funcionarios o el Estado, siempre que se demuestre la relación directa entre la acción u omisión y el deceso.

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