
El jueves 8 de octubre será feriado nacional en Perú por la conmemoración del Combate de Angamos, una fecha vinculada a la Guerra del Pacífico y al homenaje al almirante del Perú, Miguel Grau. Ante la cercanía del sábado y domingo, la principal duda para los trabajadores es si el viernes 9 también permitirá extender el descanso.
De acuerdo con el calendario de feriados y días no laborables proporcionado, el viernes 9 de octubre no figura como feriado nacional ni como día no laborable adicional. Por ello, después del descanso correspondiente al jueves 8, la jornada del viernes se mantiene como un día laboral regular para los trabajadores.
El viernes 9 de octubre no ha sido establecido como una fecha adicional de descanso dentro del calendario nacional para 2026. Esto significa que el feriado se concentra únicamente en el jueves 8 y que, salvo alguna disposición particular aplicable a un trabajador, el día siguiente mantiene su carácter de jornada ordinaria.
La diferencia resulta relevante porque los feriados nacionales y los días no laborables tienen tratamientos distintos. Los primeros son fijados por ley y contemplan descanso remunerado para trabajadores del sector público y privado. Los segundos son establecidos de manera excepcional por el Poder Ejecutivo y, en el caso del sector privado, su aplicación requiere un acuerdo entre empleadores y trabajadores.
Para quienes están bajo el régimen laboral de la actividad privada, el descanso por el 8 de octubre mantiene la remuneración habitual. Si una persona trabaja durante ese feriado y no recibe un descanso sustitutorio, corresponde una remuneración equivalente a tres pagos diarios, de acuerdo con las condiciones señaladas en la normativa laboral.
El calendario nacional todavía contempla cuatro feriados después del 8 de octubre. Estas son las fechas que quedan para el cierre de 2026:
Estas fechas completarán los feriados nacionales previstos para los últimos meses de 2026. La distribución del calendario implica que no todos los descansos generarán necesariamente fines de semana largos, ya que ello depende del día de la semana en que coincida cada feriado y de la existencia de jornadas no laborables adicionales.