
La ley seca en Colombia será una de las principales medidas de seguridad durante la segunda vuelta presidencial que enfrentará a Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda. El Gobierno nacional y las autoridades locales anunciaron restricciones especiales para preservar el orden público y facilitar el desarrollo de la jornada electoral del 21 de junio.
Además de limitar la venta de alcohol y el consumo de bebidas alcohólicas en determinados espacios, las disposiciones incluyen controles de seguridad, posibles toques de queda en algunas zonas y restricciones relacionadas con actividades políticas. Las medidas fueron establecidas mediante decretos expedidos por el Ministerio del Interior y administraciones territoriales.
De acuerdo con el Decreto 0612, la prohibición sobre expendio y consumo de licor comenzará a las 6.00 p. m. del sábado 20 de junio y se extenderá hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. La disposición forma parte de las acciones adoptadas para garantizar tranquilidad durante las elecciones presidenciales en Colombia.
La normativa también permite que alcaldes y gobernadores amplíen el periodo de restricción si consideran que existen riesgos para el orden público. El decreto señala además que los mandatarios locales podrán adoptar medidas complementarias, incluida la posibilidad de establecer toque de queda bajo recomendación de los Consejos de Seguridad o Comités de Orden Público.
En la capital, la ley seca en Bogotá comenzará antes que en buena parte del territorio nacional. La Alcaldía confirmó que la medida entrará en vigor desde la medianoche del viernes 19 de junio y permanecerá vigente hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio.
El alcalde Carlos Fernando Galán explicó que la ampliación responde a recomendaciones de resguardo. “Estamos facultados por la ley para ampliar el horario de la ley seca cuando así lo recomiende el Consejo de Seguridad. Eso ocurrió en Bogotá y por eso la medida empieza a regir desde la medianoche del próximo viernes”, señaló el mandatario.
La decisión se sustenta en el Decreto 191 de 2026 y en las facultades otorgadas por el Gobierno central. Las autoridades distritales informaron que la Policía Nacional realizará operativos de inspección, vigilancia y control en las 20 localidades para verificar el cumplimiento de las disposiciones.
Las restricciones electorales contemplan sanciones contra ciudadanos y establecimientos que incumplan la normativa. La prohibición aplica para espacios públicos, bares, discotecas, supermercados, tiendas y demás negocios autorizados en lo que respecta a comercializar bebidas embriagantes.
Según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, las multas por ley seca pueden oscilar entre cuatro y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes. Para 2026, esto representa montos que van desde $233.454 hasta $1.867.632, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además de las sanciones económicas, los establecimientos podrían enfrentar cierres temporales o medidas administrativas impuestas por las autoridades competentes.





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