No todos los trabajadores reciben el 100% de la CTS: descubre quienes reciben la mitad de este beneficio más un adicional en 2025
El régimen laboral especial para pequeñas empresas inscritas en Remype establece criterios específicos para el cálculo y pago de la CTS, diferenciando según la fecha de contratación.
- Este es el beneficio económico para adultos mayores de 65 años en Perú: se ofrece cada dos meses si cumplen este requisito en 2025
- Este es el monto máximo que establece Sunat para realizar compras de productos por internet sin pagar impuestos en 2025

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que los empleadores deben depositar semestralmente a favor de sus trabajadores del régimen privado. Este fondo cumple la función de respaldo económico en caso de cese laboral. Sin embargo, el monto que se abona varía según el tipo de empresa y el régimen laboral bajo el cual se encuentra registrado el trabajador.
En el caso de las pequeñas empresas formalmente inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), existe una regulación especial que modifica el porcentaje del beneficio. Bajo ciertas condiciones, los trabajadores contratados por estas empresas reciben solo la mitad del monto calculado según la regla general. Esto forma parte del Régimen Laboral Especial, orientado a promover la formalización y reducir cargas en unidades productivas de menor escala.
CTS reducida para pequeñas empresas: en qué casos se aplica el 50% del monto total
La CTS en pequeñas empresas registradas en el Remype se calcula en un 50% del valor habitual, pero esta reducción aplica únicamente a los trabajadores contratados tras la inscripción formal de la empresa en dicho registro. Es decir, si la empresa ya estaba registrada como pequeña empresa al momento de la contratación, el trabajador recibirá solo la mitad del beneficio.
Por el contrario, si el vínculo laboral se inició antes de la inscripción o si la empresa no está inscrita en el Remype, se mantiene la aplicación del régimen general. El beneficio debe abonarse en dos tramos al año: en mayo y noviembre, dentro del plazo legal.
Cálculo de la CTS según tipo de empresa, régimen laboral y tiempo trabajado
Para trabajadores de medianas y grandes empresas, la CTS corresponde al 50% del sueldo mensual de abril o octubre (según el semestre), sumado a un sexto de la gratificación recibida en el último periodo festivo. Por ejemplo, si un empleado percibe S/ 2.600 de sueldo y su sexto de gratificación equivale a S/ 434, el monto a depositar será S/ 1.517.
En las pequeñas empresas acogidas al Remype, se utiliza el mismo criterio de cálculo, pero se aplica solo el 50% del resultado. Si el trabajador ha laborado menos de seis meses, se calcula proporcionalmente por cada mes trabajado.
Trabajadores excluidos de la CTS y sanciones a empleadores que incumplen el depósito
Están fuera del derecho a recibir CTS los empleados que laboran menos de cuatro horas diarias, los que perciben el 30% o más del valor que paga el cliente, quienes tienen remuneración anual integral, y aquellos contratados por microempresas registradas en el Remype luego de dicha inscripción.
Las empresas que incumplan con el pago de la CTS dentro del plazo legal se exponen a sanciones por parte de Sunafil, clasificadas como infracciones graves. Además, la falta de entrega de la hoja de liquidación se considera una infracción leve. Las multas se determinan según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.