Ana Estrada: cronología desde su diagnóstico hasta decisión del PJ
Desde 2019, Estrada, quien padece polimiositis desde hace más de 30 años, busca que el Estado reconozca su derecho a una muerte digna.
Este jueves 25 de febrero, el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima exigió al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida por medio de la eutanasia.
Desde los 12 años, Estrada fue diagnosticada con polimiositis, una enfermedad muscular crónica, incurable y degenerativa que la mantiene entubada y postrada en una cama casi todo el día. Es por este motivo que busca una muerte digna.
A mediados de 2019, Estrada inició un blog llamado “Ana busca la muerte digna”, mediante el cual desea crear conciencia sobre la libertad de morir dignamente debido a las restricciones generadas por algunas enfermedades como la polimiositis.
En una entrada de su blog, Estrada aseguró que tomó la decisión el día que regresó a la unidad de cuidados intensivos (UCI) por una recaída con neumonía.
“Yo morí aquel día en que fui internada en el Hospital Rebagliati. Perdí todo lo que había construido, perdí mi vida”, declaró Ana en una entrevista con este medio en febrero de 2020.
Estrada es la primera peruana que busca que el Estado reconozca su derecho a obtener una muerte digna o, como ella lo llama, “el poder de la libertad”: libertad de decidir cuándo y cómo morir.
’'Se trata de la libertad, no se trata de querer morir. Yo no me quiero morir, yo lo que quiero es la libertad de poder elegir si es que en algún momento lo necesito y lo requiero: poder elegir morir para no sufrir’', señaló a un canal de televisión local.
Defensoría asume el pedido de Ana Estrada
En noviembre de 2019, la Defensoría del Pueblo asumió el caso de Estrada ante los tribunales ’'por una muerte digna en condiciones dignas’'.
El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, indicó que la entidad, en su rol de garante y promotor de los derechos fundamentales, tomará el caso ante tribunales nacionales para lograr que se respete, así como garantice, la voluntad de Ana Estrada.
El objetivo de la medida es que en ella no sea aplicable el artículo 112 del Código Penal, que penaliza y criminaliza a quien asiste a una persona que pone fin a su vida.
Defensoría presenta acción de amparo ante el Estado
En febrero de 2020, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de amparo al Estado peruano con el fin de que se reconozca el derecho a la muerte digna de Ana Estrada. No obstante, recién 10 meses después —en diciembre de 2020— de realizada la solicitud, la resolución que programó la audiencia judicial virtual para el 7 de enero de 2021 fue publicada.
CMP respaldó pedido de Ana Estrada
El 3 de enero de 2021, cuatro días antes de que tenga lugar la audiencia virtual, el Colegio Médico del Perú respaldó el pedido de Ana Estrada de poder acceder a la eutanasia.
“La muerte es un proceso natural, por lo que los miembros del CMP buscan la atención integral y humanista de sus pacientes en todas las etapas de la enfermedad hasta el final, con respeto irrestricto a su dignidad”, se lee en el comunicado emitido por la entidad de Salud.
Asimismo, Alfredo Celis, presidente del Comité de Vigilancia, Ética y Deontológica del Consejo Nacional del Colegio Médico, explicó que “si las medidas y los cuidados paliativos no surten el efecto que se espera, ahí surge la posibilidad de la eutanasia”.
Ana Estrada sustentó su pedido en la audiencia virtual
Mientras que Estrada sustentó su derecho a una muerte digna, las instituciones demandadas (Minsa, Minjus y Essalud) solicitaron que se declare infundada la demanda. Las entidades sostuvieron que la eutanasia es un tema que debe ser legislado en el Congreso y que no existe un protocolo para su aplicación.
PJ ordena respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte a una muerte digna
Este jueves 25 de febrero, más de un año después de iniciada la demanda, el Poder Judicial resolvió que el Ministerio de Salud y EsSalud deben respetar la decisión de Estrada de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.
No obstante, las instituciones pueden apelar a esta resolución dictaminada por la entidad de Justicia del país.