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Política

Waldemar Cerrón: estas son las leyes que propuso y beneficiarían a su hermano Vladimir Cerrón

El exprocurador Julio Arbizu considera que notificar al abogado sobre allanamientos elimina el elemento sorpresa requerido para estas acciones, comprometiendo la efectividad de las investigaciones criminales.

La no intervención del Ministerio Público en ciertos casos, como el crimen organizado, podría contrariar instrumentos internacionales contra este tipo de delitos. Foto: composición LR/Waldemar Cerrón/Vladimir Cerrón/Congreso de la República
La no intervención del Ministerio Público en ciertos casos, como el crimen organizado, podría contrariar instrumentos internacionales contra este tipo de delitos. Foto: composición LR/Waldemar Cerrón/Vladimir Cerrón/Congreso de la República

El congresista Waldemar Cerrón, de la bancada Perú Libre, hermano del prófugo Vladimir Cerrón, quien es acusado por organización criminal y lavado de activos, habría presentado hasta el momento tres proyectos de ley con los que buscaría beneficiar al exgobernador regional de Junín, quien lleva escondido más de ocho meses.

El primero se refiere al texto sustitutorio del PL N.º 5981, que ya fue aprobado con 52 votos a favor, 13 en contra y 32 abstenciones, el pasado 30 de mayo. Esta iniciativa legislativa propone modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635; la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado; y la Ley 27379, Ley de Procedimiento, para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, a fin de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal.

El segundo se trataría del Proyecto de Ley N.º 6084, que buscaría reconocer a los partidos políticos como asociaciones de interés público y evitar su criminalización. Cabe resaltar que este PL ya fue aprobado en primera votación y exonerado de la segunda votación, por lo que ahora se encuentra en el Ejecutivo.

Finalmente, el tercer PL sería el N.º 6349, que busca modificar los artículos 29, 37 y 42 del Nuevo Código Procesal Constitucional. A diferencia de las anteriores propuestas legislativas, esta se encuentra pendiente de ser debatido en el Pleno del Congreso.

Estas propuestas legislativas N° 5981, N° 6084 y N° 6349, habrían sido entregadas durante el 2023, el 30 de mayo, el 5 de octubre y el 8 de noviembre, respectivamente.

¿De qué manera podría afectar la falta de intervención del Ministerio Público a la imparcialidad y exhaustividad en la evaluación de los casos presentados ante los tribunales?

El abogado y exprocurador anticorrupción Julio Arbizu indicó que "el proyecto que modifica el tipo penal lo que hace, en verdad, es aumentar los supuestos, pero restringir la capacidad del Ministerio Público de investigar algunos casos, como el crimen organizado, que ya venían siendo investigados. Y eso sí, por supuesto, podría contrariar los instrumentos internacionales contra el crimen organizado, como la Convención de Palermo. Está claro cuáles son los supuestos: los de ser ocasionales y la posibilidad de que se impute el delito a sujetos que actúan marginalmente en organizaciones criminales. Esto está establecido en la ley desde su creación, la 377. De tal manera que no me parece que sea un problema realmente."

Por su parte, el letrado Córdova comentó: "Es necesario que se pueda escuchar a ambas partes procesales para que los jueces puedan tomar una decisión acertada. Sin embargo, advierto que en el proyecto de ley no se elimina la posibilidad de la audiencia de vista, solamente se le da la opción al demandante de decidir si la considera necesaria o no. No hay una afectación directa a su derecho de defensa ni al debido proceso."

¿Cómo afectarían las modificaciones propuestas al criterio para allanamientos?

Por otro lado, Arbizó señaló que: "Me preocupa esto de dar aviso de los allanamientos al abogado. Esto me parece que no solo desnaturaliza el concepto mismo de lo que es una medida cautelar de la naturaleza de un allanamiento, que por definición es una medida sorpresiva. Si un allanamiento o una medida como esa pierde el factor sorpresa, simplemente deja de ser la medida eficaz que usan los fiscales para investigar el delito".

Córdova mencionó que, "Es un despropósito legal que se pretenda que en los allanamientos se realicen siempre con la presencia del investigado y su abogado defensor; de esa forma, se le quita toda la eficacia en la investigación a esta figura jurídica, que devendría en simple norma simbólica".

¿Cree que la modificación propuesta para ampliar la competencia de cualquier juez constitucional o penal en las jurisdicciones donde no la haya, podría afectar negativamente las resoluciones judiciales?

"En efecto, estaríamos ante un retroceso enorme en materia de procesos constitucionales. Ese sistema es anterior a nuestra actual legislación y solamente significó desorden y la emisión de cuestionables resoluciones, porque las personas elegían a cualquier juez de cualquier región del país en donde podían presentar sus demandas, siendo que los criterios que consideraban para elegirlos no eran necesariamente de índole técnico-jurídica. No podemos volver a ese sistema que fracasó", dijo el abogado Joel Córdova.