La Asociación Nacional de Universidades Públicas del Perú (ANUPP) respalda la implementación de la ley universitaria 30220 porque otorga al Estado la obligación de garantizar la calidad de las universidades públicas y privadas. El Tribunal Constitucional señaló el 2010 que la prestación de servicios educativos tiene una finalidad pública y el Estado debe establecer una superintendencia que, respetando la autonomía, cumpla sus funciones de manera especializada y objetivamente imparcial. La educación de calidad es un derecho de todos los peruanos establecido en la Constitución, que en su artículo 16 señala “El Estado coordina la política educativa... Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación”. Cuando Basadre habla de la promesa republicana se refiere especialmente a cerrar el abismo social de las desigualdades y no existe mecanismo más útil para lograrlo, que garantizar a todos los peruanos acceso a la educación de calidad que les permita mejorar sus vidas. La Sunedu debe mantener capacidades coactivas, obligaciones sin sanciones a quienes no las cumplan no son verdaderas obligaciones. En cuanto a sus integrantes, el peor camino posible sería restaurar bajo nuevo nombre la Asamblea Nacional de Rectores que terminó siendo un club de rectores para apañarse mutuamente. La Sunedu puede mejorar si se compone exclusivamente por personalidades académicas peruanas de nivel internacional, que por su notable trayectoria se encuentren por encima de cualquier presión política, económica, ideológica o de otra índole. Tenemos decenas o quizás más de un ciento de peruanos extraordinarios que se desempeñan dentro o fuera del Perú con un nivel reconocido suficiente para esta tarea. Es correcto mantener la presencia del responsable del Concytec, cabeza del sistema de ciencia, tecnología e innovación. Podría considerarse un representante del Consejo Nacional de Decanos de Colegios Profesionales. Con respecto a la presidencia de la superintendencia universitaria puede ser una alternativa razonable que el responsable se elija entre los propios integrantes del organismo. Más importante que mejorar la composición y dirección de la Sunedu es ratificar el sentido de la ley: al Estado le corresponde la rectoría del sistema universitario mediante un mecanismo de superintendencia, y la calidad universitaria no es negociable. Por ejemplo, la acreditación no debe ser voluntaria sino obligatoria, y las universidades privadas no pueden ser negocios con fines de lucro autónomos y al margen de la supervisión estatal, que debe manifestarse, entre otras cosas, por la vía de un licenciamiento periódico y no perpetuo, o mediante el mínimo de 25% de docentes a tiempo completo. (*) Rector de la uni y presidente de la aNUPP.