Economía

Gobierno publica reglamento que da inicio a la devolución de aportes del Fonavi

En las próximas horas la Comisión Ad Hoc elaborará los procedimientos para facilitar el pago de deuda social a adultos mayores.

Exaportantes exigen aún la devolución total de sus descuentos al Fonavi. Foto: La República
Exaportantes exigen aún la devolución total de sus descuentos al Fonavi. Foto: La República

A través del Decreto Supremo N°280-2023-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas oficializó el reinicio de la devolución de aportes a los afectados por el fallido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

La devolución a los fonavistas estará a cargo de la Comisión Ad Hoc. Dicho grupo tiene un fondo de S/2.300 millones. En primera instancia se esperaba contar con el reglamento mucho antes para en la quincena de diciembre comenzar con el pago a los adultos mayores, mas el MEF se demoró en publicarlo.

Se estima que 2 millones de adultos mayores podrán disponer nuevamente de sus aportes tras varios años de espera e incluso los deudos de fonavistas podrán recibirlo.

Cabe añadir que el reintegro de aportes al Fonavi se suspendió en 2019 tras un fallo del Tribunal Constitucional y cambios normativos que alteraron su cálculo. Hasta aquel entonces era difícil determinar los montos a devolver a los aportantes porque estos no se dieron vía cuentas individuales sino con la aportación general de sus empleadores en entidades como el Banco de la Nación.

¿Cuándo y cómo se comenzará a devolver el Fonavi?

Luis Luzuriaga, presidente de la Comisión Ad Hoc, informó a La República que se reunirán en la brevedad "de emergencia" para facilitar todos los procesos formales y técnicos y así el Banco de la Nación abra sus puertas y reciba a los fonavistas.

El MEF añade que con el reglamento publicado este jueves 14 de diciembre, se crearán cuentas individuales en base de la información recogida de empleadores y entidades públicas o privadas sobre los aportes laborales entre julio de 1979 y agosto de 1998; y en caso no haya data de fuentes oficiales, se considerará la documentación supletoria presentada por el interesado.

La Comisión Ad Hoc puede fijar otras formas de construcción de cuentas individuales en concordancia a las sentencias del TC que resulten aplicables; y el monto a devolverle a los fonavistas se actualizará a soles y constará en el Certificado de Aportaciones y Derechos (CERAD).