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¿Por qué los supermercados cobran por dar una bolsa plástica si antes era gratis?

Al hacer compras en supermercados era común recibir gratis una bolsa plástica para llevar los productos adquiridos. Sin embargo, en la actualidad se debe pagar algunos céntimos para tenerlas. ¿Por qué se realiza este cobro?

Conoce por qué cobran los supermercados por bolsas plásticas. Foto: composición LR/Facebook/Plaza Vea/La República
Conoce por qué cobran los supermercados por bolsas plásticas. Foto: composición LR/Facebook/Plaza Vea/La República

Al comprar en supermercados y luego pasar por la caja a cancelar los productos seleccionados, una actividad frecuente de parte del personal del establecimiento era embolsar sin costo alguno los productos adquiridos. Sin embargo, en tiempos más recientes se efectúan cobros por las bolsas plásticas.

Aunque inicialmente este cobro tomó por sorpresa a muchos usuarios, la mayoría se ha podido adecuar a pagar por este tipo de bolsas o, en su defecto, llevar las suyas. Conoce por qué se realiza esta cobranza

¿Por qué los supermercados cobran por dar una bolsa plástica?

Los cobros que realizan los supermercados se deben a la Ley N.º 30884, puesta en vigencia en diciembre de 2018. Dicha legislación tiene como finalidad regular el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, por lo que si se solicita una bolsa de plástico, se deberá pagar un monto adicional por ella.

El pago por bolsas de plástico se da debido a la Ley 30884. Foto: La República

El pago por bolsas de plástico se da debido a la Ley 30884. Foto: La República

Asimismo, ya que el impuesto al consumo de las bolsas de plástico es cobrado por la venta de las mismas, este se encontrará tipificado en la boleta de pago correspondiente. En cuanto a su costo, según la Ley N.º 30884, se estima de acuerdo al mercado y cada establecimiento deberá comunicarlo oportunamente a los compradores.

La ley también establece un cronograma para la adquisición unitaria de las bolsas de plástico, que inició el año 2019 con S/0,10, el 2020 con S/0, 20, el 2021 con S/0, 30, el 2022 con S/0,40 y desde el 2023 con S/0,50.

¿Qué casos exceptúa la ley N.° 30884?

Según la ley, no están comprendidos en los alcances los siguientes casos:

  • Las bolsas de base polimérica usadas para contener y trasladar alimentos a granel o alimentos de origen animal. También aquellas que por razones de asepsia son utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados, de conformidad con las normas sobre la materia.
  • Las bolsas de base polimérica cuando sea necesario su uso por razones de limpieza, higiene o salud, conforme a las normas aplicables sobre la materia.
  • Los sorbetes de base polimérica (pajitas, popotes, cañitas, etc) que sean utilizados por necesidad médica en establecimientos que brindan servicios médicos. Por ejemplo, si son necesarios para personas con discapacidad y adultos mayores.

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