
El distrito de Santiago de Surco iniciará este jueves 19 de marzo el uso de pistolas eléctricas por parte de su personal de serenazgo, como parte de una estrategia para reforzar la seguridad ciudadana. La medida fue anunciada por el alcalde Carlos Bruce, quien indicó que serán el primer municipio del Perú en implementar estas armas no letales para enfrentar situaciones de riesgo, tras aprobarse las características estandarizadas de estos medios de defensa.
Según el anuncio, veinte agentes saldrán a las calles con estos nuevos dispositivos y en un mes sumarán 130 más. “Ya tenemos 40 efectivos certificados por nuestro Centro de Capacitación Municipal, que es un centro acreditado ante el Ministerio del Interior (Mininter); y ya contamos con 20 de estas armas con las que los uniformados saldrán a patrullar”, aseguró.
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El burgomaestre también detalló que todos los vehículos de estas unidades estarán equipados con estas pistolas de electrochoque, de modo que, cuando se detecte una incidencia delictiva, cuenten con mayor capacidad de respuesta para proteger a los vecinos.
Además, explicó que, en caso de que un sereno se enfrente a una persona violenta con arma blanca y esta se rehúse a colocar dicho objeto en el suelo, podrá aplicar una descarga y reducirla de inmediato.
“La ventaja de estos artefactos es que no matan. Generan una descarga que inmoviliza, permitiendo reducir y proceder con la intervención”, agregó. Asimismo, sostuvo que los operativos serán registrados íntegramente por la bodycam, cámara que los agentes llevarán en su uniforme.
El alcalde de Surco aseguró que para fin de mes se añadirán 130 pistolas más. Foto: Difusión
La iniciativa se da luego de que el Gobierno apruebe, mediante la Resolución Ministerial N.º 0323-2026-IN, publicada en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, que todas las municipalidades del país puedan incorporar la medida.
La norma, compuesta por cinco artículos y suscrita por el titular del Mininter, Hugo Begazo, busca establecer una base técnica común para los procesos de adquisición e implementación que desarrollen las autoridades ediles de todo el territorio nacional.
El reglamento dispone que las armas deberán tener un alcance mínimo de 3 metros, una descarga máxima de 5 segundos y puntería láser, además de sistemas de seguridad para evitar disparos accidentales.
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