
El Ministerio de Salud modificó la Resolución Ministerial N° 230-2020 para precisar que del grupo de personas obesas, solo quienes son propensos a sufrir enfermedades respiratorias tendrán prohibido laborar durante el estado de emergencia.
Para Antonio Castilla Carrera, decano del Colegio de Nutricionistas del Perú, esta medida es un “suicidio laboral”, pues las personas que no integran el grupo mencionado también desarrollan hipertensión, diabetes, problemas de colesterol y triglicéridos que pueden hacerlos propensos a fallecer si contraen la COVID-19.
En la nueva Resolución Ministerial N° 265-2020, se indica que solo consideran trabajadores con riesgo a quienes tienen un Índice de Masa Corporal (IMC) superior a 40.
“No se pueden modificar los rangos de IMC de 30 a 40 con fines económicos y en beneficio de la industria, ya que a partir de la fecha el impedimento para regresar al centro laboral solo es para trabajadores con IMC mayor a 40, es decir solo obesos mórbidos”, comentó.
Los que viven en condición de obesidad no deben volver a sus centros laborales porque estarían exponiendo su vida. En el Perú, 7 de cada 10 personas sufre exceso de peso, según el decano.
“Hago un llamado al Ministro de Salud, Víctor Zamora, a que convoque a los nutricionistas en el equipo de salud que toma decisiones y elabora los documentos técnicos, y que no solo se deje asesorar por médicos y enfermeras; zapatero a su zapato”, opinó.
Las empresas deben promover que sus trabajadores se alimenten de forma saludable, recomendó. También pidió que se les controle el peso para que estas personas reciban atención de un nutricionista.

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