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Política

Van 60 cambios a la Constitución y hay 22 modificaciones en curso en el Congreso

Carta Magna remendada. Fueron 53 los artículos modificados para el retorno de la bicameralidad con trampas. Los legisladores también alteraron tres artículos para limitar la cuestión de confianza y restringir el ejercicio del derecho al referéndum para reformas constitucionales. Y ahora está en agenda un paquete de 22 artículos para eliminar a la Junta Nacional de Justicia y también a los movimientos regionales.

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Congreso del Perú. Foto: difusión

El Parlamento llega al tercer año de su mandato con el mayor número de cambios en la Constitución, pese a la alta desaprobación que mantiene frente a la ciudadanía con el 91%, según el estudio revelado por el Instituto de Estudios Peruanos (IEP). Van 60 modificaciones, entre reformas formales y alteraciones de contrabando. Y en la puerta del horno hay un combo adicional de 22 enmiendas. Todo esto a espaldas de la ciudadanía y sin una adecuada y amplia deliberación. Las reformas fueron aprobadas básicamente con la fuerza de los votos.

Hay modificaciones ya aprobadas que van desde el retorno a la bicameralidad con trampas hasta la mutilación encubierta del derecho fundamental al referéndum para reformas constitucional. Y hay cambios en curso para borrar del mapa a los movimientos regionales y hacer lo mismo con la Junta Nacional de Justicia. Nunca antes la Constitución sufrió tamaña cantidad de remiendas y por un Congreso cuya legitimidad está por los suelos.

Bicameralidad con trampas

Cuando hace un año las bancadas se ponían de acuerdo para la conducción de la Mesa Directiva, el nombre de Alejandro Soto surgió como una opción. Una persona manejable para la cúpula del partido Alianza para el Progreso y sus aliados de Fuerza Popular.

Fue bajo su mandato que el Congreso logró aprobar en dos votaciones consecutivas (en noviembre del 2023 y marzo del 2024) la modificación de 53 artículos de la Carta Magna, para el retorno a la bicameralidad. El fujimorismo y APP tenían a Soto en la Mesa Directiva y a Martha Moyano en la Comisión de Constitución.

Se trata de una reforma profunda que recompone el sistema político peruano y su aprobación fue a espaldas de la ciudadanía que, en el referéndum del 2018, expresó su rechazo por las trampas incorporadas en el dictamen, como la manipulación de la cuestión de confianza para debilitar al Poder Ejecutivo.

Pero ocurre que el dictamen aprobado ahora también vino con trampas. Por un lado, este Congreso incorporó a la bicameralidad la reelección inmediata de los congresistas, algo que había sido eliminado de la Constitución, tras el referéndum del 2018. La reelección ahora será, incluso, de manera indefinida.

El pacto. Martha Moyano y Alejandro Soto se aliaron para impulsar la bicameralidad. Foto: John Reyes / La República

Otro cambio incorporado es la eliminación de la cuestión de confianza obligatoria, lo cual, si bien tiene el respaldo de especialistas, tuvo que estar acompañado de otras modificaciones para garantizar el equilibrio de poderes, como la eliminación de la vacancia por la llamada permanente incapacidad moral.

Pero hay otra trampa que puede tener incidencia en la impunidad. El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, alertó el cambio del artículo 100 de la Constitución. En adelante, cuando el Congreso decida acusar constitucionalmente a un alto funcionario, el fiscal de la Nación podrá evaluar si formula o no la denuncia ante la Corte Suprema.

Anteriormente, el citado artículo obligaba a realizar el trámite de la denuncia dentro de un plazo de cinco días. Ahora, un fiscal de la Nación politizado podrá encarpetar las acusaciones del Congreso, según su conveniencia.

Junto con los 53 artículos de reforma para la bicameralidad, el Congreso modificó otros cuatro artículos de la Constitución, vía reforma. Por un lado, el 21, para reforzar la protección al patrimonio cultural. Asimismo, el artículo 2 (más un nuevo artículo 14.1), sobre el derecho al Internet. Y también cambiaron el 2.5 para otorgar al contralor la potestad de poder solicitar el levantamiento del secreto bancario y tributario. Hasta aquí suman 57 cambios.

Reformas de contrabando

Pero junto a estos 57 modificados vía reforma constitucional, el Parlamento alteró de contrabando tres artículos de la Carta Magna, solamente mediante leyes.

Lo hicieron en el primer año legislativo, en un contexto de tensión entre el Congreso y Palacio. Vacancia versus disolución. Así, en octubre del 2021, la mayoría congresal concretó por insistencia la ley de desarrollo 31355, sobre la cuestión de confianza, y pusieron candados para que el presidente no pueda usar esta herramienta para reformas constitucionales. También eliminaron la opción de la denegatoria fáctica. (Alteraron los artículos 132 y 133 de la Constitución con una ley).

Luego, a fines de enero del 2022, en un contexto creciente de debate sobre la convocatoria a una asamblea constituyente mediante un referéndum, los legisladores zanjaron el tema con la ley 31399, aprobada también por insistencia. Con esta norma impusieron como requisito adicional el visto bueno previo del Congreso, cuando se pretenda someter a referéndum eventuales reformas constitucionales o el cambio mismo de la Carta Magna.

Es decir, se dio una interpretación distinta y debatible al artículo 32 de la Constitución, sobre el derecho al referéndum, con la finalidad política de bloquear un proceso constituyente impulsado desde la ciudadanía.

La norma ha sido validada por el Tribunal Constitucional (TC), muy afín al Congreso. Esta decisión ha sido analizada por el constitucionalista Pedro Grández, junto con otras leyes polémicas que también tuvieron luz verde del TC.

A todo esto Grández llama la “desconstitucionalización”. Es decir, el país pasa por un proceso de “degradación del sistema constitucional” y hay una devaluación del carácter de rigidez de la norma fundamental.

Reformas con primera votación

Por otro lado, los congresistas han avanzado con una primera votación de reforma para modificar tres artículos de la Constitución relacionados con el tema de la reelección de alcaldes y gobernadores y algo grave: la eventual eliminación de los movimientos regionales.

El dictamen original, aprobado en noviembre del 2023 por la Comisión de Constitución, contemplaba solo la reforma para volver a la reelección de los alcaldes y gobernadores. Es decir, la modificación solo de los artículos 191 y 194. Sin embargo, el 29 de mayo de este año, la fujimorista Martha Moyano sacó bajo la manga un texto sustitutorio, con el cambio adicional del artículo 35, para la eliminación de los movimientos regionales.

El Pleno aprobó tal reforma, con más de 87 votos a favor de los partidos que hoy están instalados en el Congreso. En buena cuenta, los grupos políticos de Keiko Fujimori, César Acuña, Vladimir Cerrón o los partidos limeños de Avanza País o Renovación Popular buscan obligar a los ciudadanos a elegir alcaldes y gobernadores únicamente de la oferta electoral que ellos les impongan, sin tomar en cuenta el histórico rechazo a las organizaciones nacionales en los procesos subnacionales.

En contraste con tal entusiasmo, el Parlamento avanzó con lentitud otras reformas, como aquella que refuerza el respeto a la identidad del pueblo afroperuano (art. 89). El proyecto es de mediados el 2022 y recién en mayo de este año hubo una primera votación. Hay otra reforma a mitad de camino que fortalece los derechos de las personas con discapacidad (art. 7 y 23).

Y también se aprobó en primera votación la modificación constitucional para habilitar la opción del doble empleo público del personal de salud (art. 40).

Contra la JNJ

El Parlamento también avanzó con el proceso para la reforma de 13 artículos de la Constitución más el agregado de dos nuevos artículos, con el propósito de fondo de eliminar a la incómoda Junta Nacional de Justicia (JNJ), instancia que destituyó a la otrora fiscal de la Nación, Patricia Benavides.

Esta propuesta ha sido impulsada en un juego en pared entre el fujimorismo y Gladys Echaíz, autora de la iniciativa. La propuesta fue tramitada en enero de este año y Martha Moyano le dio prioridad en la agenda de la Comisión de Constitución, al punto de que ya existe un dictamen aprobado el 5 de junio.

La forma atropellada en que se aprobó este dictamen ha generado discordancias. De los trece legisladores que votaron a favor, cinco lo hicieron con reservas. Es decir, no estaban de acuerdo con la versión final del texto presentado por Moyano. Aún así, la reforma podría ingresar al Pleno en la siguiente legislatura, en caso de que el bloque mayoritario del Parlamento persista en su afán de eliminar a la JNJ y sacar del sombrero una nueva instancia.

Un Parlamento ajeno al orden constitucional

Además de los cambios que aprueban directamente sobre los artículos de la Constitución, los parlamentarios han venido impulsando modificaciones de leyes que no dejan de tener impacto en la ley fundamental.

Lo último fue la aprobación de un dictamen en la Comisión de Justicia para quitarle al Ministerio Público la función de investigación preliminar del delito para dárselo a la Policía que depende del Ejecutivo.

Con este cambio de una sola ley (norma de carácter inferior), se estaría vulnerando la autonomía e independencia que la Constitución le confiere a la institución del Ministerio Público.