
El pago de utilidades es uno de los beneficios más relevantes para los empleados del sector privado en Perú. Se trata de un ingreso adicional que se otorga en función de las ganancias obtenidas por las empresas durante el ejercicio fiscal anterior. Este derecho está amparado por el Decreto Legislativo N.° 892 y la Constitución Política del Perú, y tiene como propósito distribuir una parte de las utilidades netas entre los trabajadores formales.
Las empresas obligadas a cumplir con esta disposición legal son aquellas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, han contado con más de 20 trabajadores en el año fiscal 2024 y han obtenido ganancias imponibles. La distribución de este beneficio se realiza anualmente y se rige por criterios de proporcionalidad y sector económico.
Según la normativa vigente, el monto máximo que un empleado puede percibir por concepto de utilidades no debe superar el equivalente a 18 sueldos mensuales. Este límite se aplica sobre la base del sueldo regular del trabajador y busca mantener una proporción razonable en la distribución de las ganancias.
El reparto de utilidades se efectúa bajo dos criterios: el 50% del total a distribuir se calcula considerando los días efectivamente laborados por cada trabajador durante el año 2024, y el otro 50% se asigna en función de las remuneraciones recibidas. Es importante resaltar que ciertos días como vacaciones o descansos no se contabilizan, con excepción de licencias por maternidad, enfermedad laboral o sindical.
Las empresas tienen un plazo de 30 días calendario después del vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Sunat para cumplir con el pago de utilidades. En el ejercicio fiscal 2024, este vencimiento se establece hasta el 15 de mayo de 2025, lo que significa que el abono de utilidades debe concretarse, como máximo, hasta el 14 de junio del mismo año.
No cumplir con este plazo constituye una infracción grave. Las sanciones para las empresas que no efectúen el pago oportuno pueden ir desde S/8.399,50 hasta S/139.742, dependiendo del número de trabajadores afectados. Asimismo, si el pago se retrasa y es reclamado formalmente, la deuda generará intereses moratorios a favor del trabajador.
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Tienen derecho a recibir utilidades todos los trabajadores que hayan estado en planilla al menos un día durante el año 2024. Esto incluye a empleados con contratos temporales, indefinidos, a tiempo parcial o completo, así como a extranjeros. Incluso los extrabajadores pueden solicitar el pago de este beneficio hasta cuatro años después de terminada la relación laboral.
Existen excepciones importantes: los practicantes no están incluidos, y las cooperativas, sociedades civiles y empresas con menos de 20 empleados tampoco están obligadas a repartir utilidades. En cuanto al cálculo, quienes laboraron menos horas que la jornada legal recibirán una fracción proporcional, y algunos conceptos, como gratificaciones voluntarias o beneficios por eventos familiares, no se consideran dentro de la base de cálculo.

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