
Los feriados nacionales en el Perú corresponden a días de descanso remunerado para los empleados del sector público y privado. En el 2025, la Semana Santa será el primer feriado largo del año, generando incertidumbre sobre la cantidad de días de descanso que podrán disfrutar los trabajadores en el país.
De acuerdo con la legislación laboral vigente, existen diferencias en la aplicación de los días no laborables según el tipo de empleo y el sector en el que se desempeñen los trabajadores. Mientras que los feriados nacionales están regulados por el Decreto Legislativo N° 713, los días no laborables adicionales pueden ser decretados por el Gobierno para el sector público, con la posibilidad de que las empresas privadas adopten esta medida voluntariamente.
La Semana Santa de 2025 incluirá solo dos feriados nacionales: el Jueves Santo, que se celebrará el 17 de abril, y el Viernes Santo, el 18 de abril. Según la normativa, estos días son de descanso obligatorio y remunerado para todos los trabajadores en el país, salvo en casos donde la actividad laboral sea imprescindible. Aquellos empleados que trabajen en estas fechas sin recibir un descanso compensatorio tendrán derecho a una remuneración adicional.
En el caso del sector público, el Gobierno podría declarar días no laborables adicionales, lo que extendería el periodo de descanso a cuatro días, incluyendo el sábado 19 y el domingo 20 de abril. Para el sector privado, esta medida quedaría a discreción de cada empleador, quien deberá evaluar si concede o no el beneficio y cómo se recuperarán las horas no trabajadas. Hasta la fecha, no se ha publicado un listado de días no laborables para el sector público, por lo que se desarrollarán las actividades programadas con normalidad.
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Los trabajadores del sector público suelen beneficiarse de días no laborables adicionales cuando el Gobierno emite decretos oficiales, estableciendo la recuperación de las horas en fechas posteriores. En cambio, en el sector privado, la adopción de estos días depende exclusivamente de la política interna de cada empresa, lo que genera diferencias en la cantidad de días libres entre ambos sectores.
Si un empleador exige a un trabajador laborar en un feriado sin otorgarle la compensación económica establecida por ley, este puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Para ello, debe ingresar a la plataforma digital de la entidad y proporcionar datos como el RUC de la empresa, la ubicación del centro de trabajo y documentación que respalde el reclamo, como boletas de pago o contratos.
Las empresas que incumplan con la normativa laboral pueden ser sancionadas con multas, cuyo monto varía en función del tamaño de la organización y la cantidad de trabajadores afectados. Sunafil pone a disposición canales de atención telefónica y presencial para asesorar a los empleados en la defensa de sus derechos.
Los feriados oficiales en Perú en 2025 son los siguientes:

CINEPLANET: 2 entradas 2D + 2 bebidas grandes + Pop corn gigante. Lunes a Domingo
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S/ 47.90
ALMUERZO O CENA BUFFET + Postre + 1 Ice tea de Hierba luisa en sus 4 LOCALES
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S/ 85.90
CINEMARK: Entrada 2D - opción a combo (Validación ONLINE o mostrando tu celular)
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S/ 10.90
PERULANDIA: 1 Entrada +Vale de 30 soles + bosque encantado + piscinas + Perusaurus en Huachipa
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S/ 49.90