Economía

Distribuidoras eléctricas deberán definir hasta noviembre cómo retiran cables que cruzan obras

Tres semanas más para aclarar si se pliegan a propuesta de Osinergmin o plantean cambios. Durante el desarrollo de una infraestructura, podrían presentarse interferencias eléctricas, de telefonía o agua que deben ser removidas o trasladadas para que se pueda continuar con la ejecución.

Electricidad. Retiro de cableado que interfiere una obra de infraestructura se resolvió con el Decreto Legislativo DL-1559. Foto: difusión
Electricidad. Retiro de cableado que interfiere una obra de infraestructura se resolvió con el Decreto Legislativo DL-1559. Foto: difusión

Las empresas eléctricas, agentes interesados, autoridades y ejecutores de obras, entre otros, tendrán un plazo adicional, fijado mediante resolución de Consejo Directivo 191-2023-OS/CD, para emitir sus opiniones respecto a una propuesta lanzada por Osinergmin que permitirá el retiro de cables que interfieran una obra de infraestructura.

En diálogo con La República, Osinergmin explicó que, durante el desarrollo de una obra de infraestructura, podrían presentarse casos de interferencias, es decir, encontrarse instalaciones eléctricas, de telefonía o agua que deben ser removidas o trasladadas para que se pueda continuar con la ejecución.

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En mayo de 2023, el Decreto Legislativo DL-1559 modificó diversas disposiciones del Decreto Legislativo DL-1192, relacionados al procedimiento y plazo para la resolución de estos casos.

Así, en los casos de interferencias relacionadas al sector eléctrico, la entidad pública o quien ejecute la obra de infraestructura, podrán solicitar ante Osinergmin la emisión de mandatos para que la empresa eléctrica defina el cronograma y presupuesto respectivo. La recepción de sugerencias se extendió hasta el próximo 20 de noviembre de 2023.

En cumplimiento con la mencionada normativa, a través de la Resolución de Consejo Directivo 181-2023-OS/CD, Osinergmin publicó el procedimiento vinculado a la prestación de servicios públicos en el sector energía, con la finalidad de que los agentes interesados remitan sus opiniones y/o comentarios que consideren pertinentes. Los aspectos relevantes, son los siguientes:

  • Permite que las empresas públicas o privadas puedan superar las interferencias que tengan para la ejecución de sus obras de infraestructura.
  • Establece la información a ser remitida por las empresas prestadoras de servicios públicos o titulares de interferencias; sobre cuya base, se emitirá el mandato y los presupuestos a compensar.
  • Se fijan los plazos máximos para la atención de los petitorios por parte de Osinergmin.
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