Comercio informal: declaran zona rígida perímetro de Mesa Redonda y Mercado Central
La comuna limeña señala que el incumplimiento de dicha medida implica las sanciones establecidas, que incluyen el decomiso, la inmovilización y la retención de bienes y productos.
Atención. Luego de que la Municipalidad de Lima declarase como zona rígida para el comercio informal al perímetro de Mesa Redonda y Mercado Central, desde hoy, lunes 15 de mayo, queda prohibido el comercio ambulatorio, así como el estacionamiento de vehículos en dicha zona del Cercado de Lima.
Así lo establece un decreto de alcaldía publicado ayer, domingo 14 de mayo, en el Diario Oficial El Peruano, que dispone como zona rígida para "el comercio informal y el estacionamiento de vehículos todo el perímetro de entorno y las vías internas del cuadrante" de dichos emporios comerciales.
La norma establece que la prohibición abarca la zona conformada por "jr. Junín, cuadra 5, 6 y 7; jr. Paruro, cuadra 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13; av. Nicolás de Piérola, cuadra 14, 15, 16; av. Abancay, cuadra 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8; jr. Andahuaylas, cdra. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12; jr. Ayacucho, cdra. 3, 4, 5, 6, 7, 8; jr. Huallaga, cdra. 5, 6, 7; jr. Ucayali, cdra. 5, 6, 7; jr. Santa Rosa, cdra. 5, 6, 7; jr. Cuzco cdra. 5, 6, 7; jr. Puno, cdra. 5, 6, 7; jr. Inambari, cdra. 7; y pasaje Artesanos, del Cercado de Lima".
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Asimismo, señala que el incumplimiento de esta medida implica las sanciones establecidas por la comuna limeña, a través de la Ordenanza Municipal N.° 2200-MML, que incluyen el decomiso, la inmovilización y la retención de bienes y productos.
Apoyo de la PNP
El referido decreta indica que "la Gerencia de Seguridad Ciudadana deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú (PNP), a fin de que presten el apoyo necesario para el cumplimiento" de la disposición. Cabe señalar que la medida estará en permanente evaluación para ampliar sus alcances.
"Las medidas establecidas en la presente norma están sujetas a evaluación permanente, debiendo la Gerencia de Desarrollo Económico, en el marco de sus funciones y atribuciones, de ser el caso, elaborar el informe técnico que sustente la necesidad de ampliar los alcances del presente decreto de alcaldía, en coordinación con la Gerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Movilidad Urbana, Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres y la Gerencia de Seguridad Ciudadana", refiere el artículo cuarto.
El dispositivo de la Alcaldía de Lima se oficializa luego de establecer que “la MML tiene competencias municipales en materia de comercio ambulatorio y de tránsito, así como en la gestión del riesgo de desastres, en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades, las normas generales y las ordenanzas metropolitanas”.