Política

Plazuela San Francisco permanecerá cerrada hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie

Juez constitucional rechazó levantar la medida cautelar que mantiene paralizada las obras desde agosto de 2022. Trámite en el TC podría tomar, por lo menos, un año

La Iglesia San Francisco (a la derecha) y el santuario de Nuestra Señora de la Soledad (a la izquierda) comparten la plazuela San Francisco. Foto: Andina
La Iglesia San Francisco (a la derecha) y el santuario de Nuestra Señora de la Soledad (a la izquierda) comparten la plazuela San Francisco. Foto: Andina

La Plazuela San Francisco permanecerá cerrada hasta que el Tribunal Constitucional resuelva en última y definitiva instancia el amparo de la Provincia Franciscana de los XII Apóstoles contra la Municipalidad de Lima y el Ministerio de Cultura por las obras de remodelación en el Centro Histórico. Así lo dispuso el Poder Judicial, en primera instancia, al ordenar que la medida cautelar, dictada en agosto de 2022, siga vigente.

A inicios de junio, la MML solicitó al juez John Paredes Salas, del Segundo Juzgado en lo Constitucional de Lima, levantar la medida cautelar por "riesgos de daños irreparables al patrimonio cultural". Sin embargo, según la resolución a la que accedió La República, el magistrado declaró improcedente el requerimiento, pese a que, para cuando resolvió el pedido, en el proceso principal el amparo de los franciscanos ya había sido rechazado en segunda instancia.

El magistrado es consciente de que el recurso de la Orden Franciscana no prosperó ni en primera ni en segunda instancia; sin embargo, sostiene que las medidas cautelares deben permanecer hasta que exista una "resolución que pone fin al proceso".

"Esta judicatura declaró infundada la demanda en el expediente principal, y con vista al Sistema Integrado de Justicia que la Tercera Sala Constitucional (de Lima) habría también desestimado la demanda, de conformidad a lo regulado en el artículo 20 del Código Procesal Constitucional, las medidas cautelares dictadas al interior de los procesos constitucionales mantienen su vigencia hasta que se emita la resolución que pone fin al proceso, esto es, de ser el caso, hasta que el Tribunal Constitucional emita pronunciamiento", determinó el magistrado Paredes Salas.

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La República pudo conocer que los franciscanos ya formularon el recurso de agravio constitucional. No obstante, si bien ya se conoce que la Tercera Sala en lo Constitucional de Lima falló a favor de la Municipalidad de Lima, la sentencia aún no ha sido notificada oficialmente. Una vez que esto ocurra, el colegiado deberá dar trámite el escrito y elevar el expediente a la mesa de partes del Tribunal Constitucional.

Entre el envío del expediente al Tribunal Constitucional, la programación de la vista de la causa, la elaboración de la ponencia de la sentencia y la respectiva votación de los magistrados, podría trascurrir, por lo menos, un año. Esto sumado a los casi 2 años que transcurrieron desde la emisión de la medida cautelar dan 3 años de paralización de las obras.

Los franciscanos, a través de su defensa legal, consideran que no encontrarán justicia en la vía interna y que el TC también fallará en contra de sus intereses, por lo que esperan agotar de una vez las instancias nacionales para recurrir a las supranacionales, específicamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

MML puede apelar

La resolución del juez John Paredes que declara improcedente la variación de la medida cautelar fue publicada el lunes 8 de julio y, al cierre de la presente nota, aún no ha sido notificada a las partes. Una vez que la Municipalidad de Lima tome conocimiento oficialmente del fallo, tendrá un plazo de 3 días hábiles para interponer su recurso de apelación.