TC admite recurso de la Defensoría del Pueblo que blinda a Dina Boluarte a horas de la audiencia por demanda competencial
El Tribunal Constitucional admitió el amicus curiae de la Defensoría del Pueblo en apoyo a Dina Boluarte, dentro de la demanda competencial del Poder Ejecutivo.
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¿Blindaje en camino? El Tribunal Constitucional ha admitido el oficio presentado por la Defensoría del Pueblo, en el cual se añaden argumentos a favor de Dina Boluarte, en el marco de la evaluación de la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo. Este documento, presentado bajo la figura del amicus curiae —mecanismo que permite a terceros ajenos a un proceso judicial aportar argumentos—, sostiene que Boluarte solo puede ser acusada por las causales establecidas en el artículo 117 de la Constitución. De esta manera, el argumento central de la demanda del Poder Ejecutivo se ve reforzado por una opinión de terceros.
"De acuerdo con la disposición glosada, este Tribunal puede admitir la intervención de especialistas en calidad de amicus curiae, aunque, por supuesto, no está obligado a hacerlo. Por otra parte, la potestad de invitar no implica un impedimento para aceptar la intervención de especialistas que cumplan con los requisitos establecidos en dicha disposición y que soliciten ser incorporados con ese carácter", señala uno de los argumentos expresados por el máximo intérprete constitucional.

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Según la resolución del Tribunal Constitucional, el documento fue presentado directamente por el actual defensor del pueblo, Josué Gutiérrez. Este medio intentó obtener declaraciones del funcionario para conocer los motivos detrás de la presentación del escrito. No obstante, al cierre de este artículo, no obtuvimos respuesta alguna.
Dina Boluarte: la demanda competencial del Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial
El Tribunal Constitucional (TC) aceptó incorporar a la presidenta Dina Boluarte como interviniente en el proceso de demanda competencial promovido por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público. Esta medida le otorga la posibilidad de participar activamente en el procedimiento, ya sea mediante la presentación de argumentos escritos o intervenciones orales durante las audiencias. Aunque no tiene la condición de parte procesal y, por tanto, no puede interponer recursos o solicitar la inhibición de magistrados, el TC reconoció que Boluarte puede contribuir con interpretaciones jurídicas relevantes al caso.

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La demanda fue presentada en agosto de 2024 con el objetivo de frenar las investigaciones abiertas contra la mandataria, alegando que estas vulneran el artículo 117 de la Constitución. Actualmente, Boluarte es objeto de ocho pesquisas por presuntos delitos como homicidio, lesiones graves, cohecho, enriquecimiento ilícito y abandono del cargo. Entre los casos más notorios se encuentran el denominado Rolexgate, las muertes en manifestaciones sociales, el financiamiento de los Dinámicos del Centro y las presuntas intervenciones estéticas.
Este jueves 24 de abril, el TC celebrará una audiencia pública en Arequipa para evaluar si el Ministerio Público y el Poder Judicial actuaron fuera de sus competencias al investigar a la presidenta en funciones. Especialistas como César Nakazaki y Ernesto Álvarez han destacado que la decisión que tome el TC podría establecer un precedente clave en torno a la inmunidad presidencial.