Por defectos. El caso pasaría a juicio público, pero el tribunal pide al Ministerio Público que antes precise cómo el dinero ilícito obtenido en México se invirtió en el Perú.,El colegiado "D" de la Sala Penal Nacional devolvió al Ministerio Público la acusación penal presentada contra los hermanos Sánchez Paredes por lavado de activos con circunstancias agravantes, es decir, presuntamente provenientes del tráfico ilícito de drogas. PUEDES VER: Marco Arana afirma que no hay razones para una ruptura en Frente Amplio Los jueces María Luisa Apaza Panuera, Juan Santillán Tuesta y Francisco Mendoza Ayma dicen que la acusación tiene una serie de defectos y omisiones que es necesario precisar y aclarar antes del inicio del juicio público, para garantizar el derecho de defensa de los acusados. Subrayan que es necesario precisar los hechos que serán juzgados y las pruebas que presentará la fiscalía contra Manuel, Orlando y Wilmer Sánchez Paredes, el administrador Jesús Belisario Esteves y su sobrino Fidel Sánchez Alayo. El colegiado acepta algunos puntos cuestionados por los abogados de la defensa, como la incorporación del informe del Congreso sobre la narcopolítica, pero como punto de referencia de la acusación, mas no como prueba. Además, si bien acepta una serie de pruebas indiciarias, le pide a la fiscalía precisar cuál es la inferencia lógica o la prueba directa o indirecta mínima que utiliza para llegar de los indicios a conclusiones. De México a Perú Los jueces aceptan la tesis de la fiscalía de que el lavado de activos es autónomo, pero solo el delito base, por lo que, tratándose este caso de una acusación de modalidad agravada, sí es necesario definir la conexión entre los actos ilícitos fuentes ocurridos en México entre los años '70 y '80 y el lavado de activos que se habría producido en el Perú en los años '90. La fiscalía debe precisar las circunstancias en que Simón Sánchez Paredes, asesinado en Rancho Luna, en México, adquirió una propiedad en Trujillo y de qué manera se configuró el lavado de activos. Igualmente, respecto a otra vivienda en Trujillo, los jueces piden a la fiscalía precisar cuál es el marco jurídico para considerarlo un bien ilícito, si su inicial propietario Perciles Sánchez Paredes fue absuelto por la Corte Suprema. A la muerte de Perciles Sánchez, el inmueble pasó en herencia a su madre, que años después lo vendió a otro de sus hijos. También se pide precisar de qué manera el presunto dinero producto de las actividades de narcotráfico de Simón en México llegó al Perú e ingresó a las empresas mineras y subsidiarias de sus hermanos. Las observaciones del tribunal de la Sala Penal Nacional ponen en evidencia lo que los jueces tendrán en cuenta para dictar la sentencia. Fiscalía tiene 30 días para aclarar imprecisiones La Sala Penal Nacional concedió 30 días al fiscal Frank Almanza, de la Primera Fiscalía Superior de Lavado de Activos, para levantar las observaciones planteadas en la acusación a los Sánchez Paredes. Esta es la tercera vez que el Poder Judicial devuelve la acusación fiscal, por deficiencias en la acusación. El caso de todas maneras pasará a juicio público, probablemente a fines de año o comienzos del 2017, tras ocho años de investigación fiscal. En juicio, los Sánchez Paredes han sido absueltos de lavado de activos en Panamá, Suiza e Inglaterra. En Estados Unidos el caso se archivó en la etapa de investigación y hace unas semanas se retiró toda referencia al tema de la página web de la DEA.