Economía

Si mi pareja o cónyuge fallece, este es el monto que me corresponde recibir como pensión de viudez en el Perú

Para solicitar la pensión por viudez en 2025, se deben presentar documentos que acrediten el vínculo con el fallecido y un formulario oficial en los centros de atención o en la plataforma web de la ONP.

La gestión puede realizarse de forma presencial o virtual, a través de la página web de la ONP. Foto: composición LR
La gestión puede realizarse de forma presencial o virtual, a través de la página web de la ONP. Foto: composición LR

Superar el duelo tras la pérdida de un ser querido representa una etapa difícil en la vida, especialmente cuando se trata del fallecimiento del cónyuge o pareja con quien se compartieron años de convivencia. No obstante, en medio de ese proceso emocional, existen también aspectos legales y previsionales que deben considerarse.

Entre ellos, la legislación peruana contempla el derecho a recibir una pensión por viudez, un beneficio económico que otorga la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a quienes cumplen con los requisitos establecidos. Este respaldo busca brindar una forma de protección económica al viudo o viuda.

Pensión de viudez ONP: ¿cuánto me corresponde recibir por el fallecimiento de mi cónyuge en 2025?

Durante el año 2025, el monto establecido para la pensión por viudez que otorga la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en Perú asciende a S/ 400 mensuales, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N.º 32123, la cual actualiza los montos mínimos de las pensiones familiares administradas por este organismo.

Cabe señalar que este monto es considerado fijo, y se otorga de manera mensual mientras el beneficiario mantenga la condición que le dio derecho a la pensión por viudez. En casos donde existan otros beneficiarios legales (como hijos menores con derecho a pensión de orfandad), el monto total asignado por la ONP podría distribuirse proporcionalmente, lo que implicaría una reducción temporal del importe que recibe cada beneficiario individual, incluyendo al viudo o viuda.

¿Qué requisitos necesito para solicitar la pensión por viudez de ONP?

Para solicitar la pensión por viudez ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en Perú, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el Decreto Ley N.º 19990.

1. Vínculo con el asegurado fallecido:

  • Cónyuge: el matrimonio debe haberse celebrado al menos un año antes del fallecimiento del afiliado, y antes de que este cumpla 60 años (hombres) o 50 años (mujeres). Si el matrimonio se celebró después de estas edades, se exige una duración mínima de dos años antes del fallecimiento.
  • Conviviente: en el caso de una unión de hecho, se debe acreditar una convivencia mínima de dos años continuos previos al fallecimiento y que esta haya sido reconocida legalmente.

2. Documentación requerida:

  • Solicitud de pensión de viudez, en el formato oficial proporcionado por la ONP.
  • Copia del certificado de matrimonio civil o documento que acredite la unión de hecho (debidamente reconocida).
  • Copia simple del certificado de defunción del afiliado.
  • Documento de identidad del solicitante (DNI).
  • En caso necesario, certificados médicos, partes policiales u otros documentos que respalden el vínculo o el fallecimiento.

¿Cómo solicitar la pensión por viudez de ONP 2025 en el Perú si mi pareja fallece?

Para solicitar la pensión por viudez ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en el Perú durante el año 2025 debes presentar formalmente la solicitud. Esta gestión puede realizarse de manera presencial en los centros de atención al público de la ONP, o a través de la plataforma virtual disponible en el portal web oficial de la ONP.

Posteriormente, la ONP procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos legales y la validez de los documentos presentados. Durante este periodo, el solicitante puede dar seguimiento al estado del trámite a través de la página web institucional o mediante consulta telefónica. En caso de requerirse subsanación de información o documentación adicional, la entidad notificará al solicitante para su atención oportuna.

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