Economía

Si trabajas el feriado del 29 de junio, esto es lo que te deben pagar obligatoriamente

El próximo sábado 29 de junio será feriado para los trabajadores del sector público y privado. Descubre cuánto te corresponde recibir como pago si trabajas durante ese día.

Los feriados calendarios permiten al trabajador el cobro de triple salario cuando le toca laborar ese día. Foto: composición LR/Andina
Los feriados calendarios permiten al trabajador el cobro de triple salario cuando le toca laborar ese día. Foto: composición LR/Andina

Este sábado 29 de junio, los peruanos disfrutaremos de un nuevo nuevo feriado en el calendario nacional para conmemorar a San Pedro y San Pablo. Dicha festividad es de gran importancia tanto a nivel religioso como cultural, debido a sus implicancias en el incremento de la actividad turísitica y la economía local.

Como todos los años, muchas personas aprovechan esta fecha para realizar un viaje o compartir actividades recreativas junto a su familia y amigos. Según los alcances del Decreto Legislativo N.° 713, este es el segundo feriado de junio, luego de transcurrido el día de la Bandera y la Batalla de Arica. Sin embargo, hay trabajadores del régimen privado que laboran durante este día. Si es tu caso, conoce cuánto te deben pagar.

Feriado 29 de junio: ¿cuánto me deben pagar si trabajo este día?

Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), los trabajadores del régimen privado que laboren durante el feriado del 29 de junio y no acuerden con su empleador una fecha sustitutoria para su descanso respectivo, tendrán que recibir un pago adicional que reúne los siguientes conceptos:

  1. Una remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en el salario mensual).
  2. Una remuneración por la labor efectuada.
  3. Una sobretasa del 100% correspondiente al trabajo realizado.

“El trabajo efectuado el sábado 29 de junio, sin descanso sustitutorio, da lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100 %”, explicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.

De igual forma, indicó que como el feriado del sábado 29 de junio cae en un día de descanso semanal, el trabajador solo percibirá la remuneración por el descanso semanal y no por el feriado. "Además, no se considera que se ha laborado en día feriado cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en día feriado", agregó.

Pongamos un ejemplo: si un trabajador gana el sueldo mínimo de S/1.025, el importe diario será de S/34,17 tras dividir su salario entre 30 días. En ese sentido, su pago debe considerar la suma del feriado que ya está incluido en su remuneración mensual (S/34,17), por el trabajo efectuado (S/34,17) y la sobretasa del 100% correspondiente a la labor ejecutada (S/34,17).

¿Qué se celebra el 29 de junio en el Perú?

El Día de San Pedro y San Pablo es una festividad religiosa muy importante para los peruanos. Durante este día, se rinde homenaje a estos dos apóstoles que son figuras centrales en la tradición cristiana. Las celebraciones incluyen procesiones y misas en honor a ellos. Además, en Perú, este día ha sido declarado feriado nacional, lo que permite a la población participar en estas ceremonias y disfrutar de un día libre.

La celebración de San Pedro y San Pablo tiene un significado especial en muchas comunidades peruanas. En las áreas costeras, San Pedro es especialmente venerado como el patrón de los pescadores. Durante este día, se llevan a cabo rituales y ofrendas en su honor, con el objetivo de buscar protección y bendiciones para las labores pesqueras. Esta festividad refleja la profunda conexión entre las tradiciones religiosas y la vida cotidiana en diferentes regiones del país.

larepublica.pe

¿Qué feriados restan en Perú?

  1. Martes 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
  2. Domingo 28 de julio: Fiestas Patrias
  3. Lunes 29 de julio: Fiestas Patrias
  4. Martes 6 de agosto: Batalla de Junín
  5. Viernes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
  6. Martes 8 de octubre: Combate de Angamos
  7. Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  8. Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  9. Lunes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
  10. Miércoles 25 de diciembre: Navidad