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TC declara inconstitucional infracciones a vehículos mal estacionados: especialista explica esta medida

El Tribunal Constitucional emitió un fallo en contra de la Municipalidad de La Victoria. Señaló que son inconstitucionales las multas y la retención de vehículos por parte de esta institución.

El Tribunal Constitucional es la máxima institución con respecto a la comprensión de la Constitución del Perú. Foto. composiciónLR/Andina
El Tribunal Constitucional es la máxima institución con respecto a la comprensión de la Constitución del Perú. Foto. composiciónLR/Andina

El Tribunal Constitucional emitió una resolución que declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad por parte del Poder Ejecutivo en contra de la Municipalidad distrital de La Victoria por la Ordenanza 375-2021/MVL. En ella, se contemplan las sanciones por parte del municipio victoriano con respecto a las que se imponían a los vehículos mal estacionados y abandonados. A los conductores se les registraba una multa económica y se les incautaba el medio de transporte, práctica que actualmente ya no está permitida.

En esta nota de La República, el abogado constitucionalista Rodrigo Noblecilla explica en qué consiste esta resolución y qué podría conllevar.

¿Qué dice la sentencia del Tribunal Constitucional con respecto a las sanciones a vehículos mal estacionados?

De acuerdo con lo dicho por el abogado Rodrigo Noblecilla, el Tribunal Constitucional ha señalado que la Municipalidad de la Victoria no tiene la competencia para imponer sanciones a los vehículos mal estacionados, sino que eso le corresponde al Ministerio de Transportes. Por ello, han eliminado las sanciones 08-0102, 08-0103, 08-0104 y 08-0108. De acuerdo con el experto en leyes, allí se indican las penas que le correspondía ejecutar al municipio ante los vehículos mal estacionados en todo el distrito.

El jurista comenta que no está de acuerdo con la resolución y coincide con el voto singular del magistrado Ochoa Cardich. Él afirma que la figura utilizada por el Gobierno Ejecutivo no es correcta porque se debió solicitar una demanda competencial y no pedido de inconstitucionalidad. Además, manifestó que las municipalidades sí tienen jurisdicción sobre los espacios públicos y, por eso, se deberían de mantener las sanciones a los vehículos estacionados en lugares como parques.

Además, con respecto al voto singular del magistrado Gutiérrez Ticse, el jurista Noblecilla concordó en que existe un caos vehicular en el distrito de La Victoria y se tiene que regular. Sin embargo, recordó que el Ministerio de Transportes es el encargado de crear leyes para ello y la Policía Nacional es la responsable de aplicar las sanciones. Tal como dice la nota de prensa del TC, se debe fomentar la cooperación de la PNP con esta municipalidad.

Por otro lado, el abogado Noblecilla señala que esta demanda fue admitida en el 2021 con otros magistrados. Esto quiere decir que 11 tribunos han evaluado este caso y el abogado considera que, para ello, el anterior tribunal expuso que había indicios para que se confirme.

¿Qué podría pasar después de la resolución del Tribunal Constitucional?

El experto en leyes recordó que esto solo es válido para el distrito de La Victoria, por lo cual la municipalidad ya no puede remolcar ni imponer multas por estacionar de manera indebida. Esta práctica es realizada por otros gobiernos locales, como la Municipalidad de Miraflores, Municipalidad Metropolitana de Lima y el Gobierno Regional del Callao. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado por el abogado Noblecilla, el TC ha creado jurisprudencia: en caso de que se demande a las instituciones previamente indicadas, tendrían el mismo resultado.

¿Quién tiene la competencia para imponer sanciones a los vehículos mal estacionados?

Según el abogado Noblecilla, de acuerdo con la resolución del Tribunal Constitucional, la institución que tiene competencia para imponer sanciones a los vehículos mal estacionados es la Policía Nacional del Perú y no los distintos gobiernos locales, ya sean municipalidades o gobiernos regionales.

¿Cuál es la multa por dejar un carro estacionado frente a una cochera?

Según el Reglamento Nacional de Tránsito, un conductor que estacione un vehículo frente a una cochera será acreedor de la infracción G42. Aquello implica una multa de 396 soles, la suma de 20 puntos a su récord de conductor y la remoción de la unidad.

"Estacionar frente a la entrada o salida de garajes, estacionamientos públicos, vías privadas o en las salidas de salas, espectáculos, centros deportivos en funcionamiento", se lee en la tabla de infracciones del SAT.

Asimismo, a los 396 soles, deberás sumarle los gastos de servicio por la grúa que transportó tu vehículo y el costo de internamiento por los días que estará el coche en el depósito municipal.

Periodista en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Actualmente redactor web de actualidad en La República. Aficionado al Fútbol, Basket, Tenis y UFC.