
El decano de la Facultad de Ciencias Administrativas (FCA) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), Amador Grover Mejía Osorio, enfrenta un procedimiento disciplinario que podría concluir con su destitución como docente por hechos vinculados al proceso de Promoción Docente 2025. La decisión sobre la eventual sanción será evaluada este jueves 24 de setiembre por el Consejo de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Eléctrica (FIEE), después de que la Rectoría aceptara la abstención de la Facultad de Ciencias Administrativas y derivara el caso a otra facultad.
El procedimiento se inició a partir de una denuncia presentada el 13 de julio de 2026 por el docente Wilder Fabio Ramos Palacios, quien cuestionó la actuación de Mejía durante la revisión de las apelaciones del concurso. Uno de los casos correspondía a Claudia Noemí Rivera Rojas, quien finalmente obtuvo una plaza como docente asociada y que, según la denuncia, había sido personera legal suplente de Mejía durante las elecciones decanales de 2025.
La controversia se centra en si Mejía debía abstenerse de intervenir en la revisión de las apelaciones y, en particular, en cuál fue su participación durante la evaluación de la apelación presentada por Rivera.
Los documentos del expediente muestran que la Comisión Permanente de Asuntos Académicos y Relaciones Laborales Docentes (CPAARLD) revisó las apelaciones de tres postulantes. En el caso de Rivera Rojas, la comisión elevó su puntaje de 84 a 88 puntos, tras modificar la valoración de algunos criterios. Con ese resultado, Rivera pasó al primer lugar y desplazó a Víctor Hugo Fernández Bedoya, quien había obtenido inicialmente 87 puntos.
El acta correspondiente señala que el acuerdo fue adoptado “con la abstención del Dr. Amador Grover Mejía Osorio, por ser Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas”. La comisión recomendó declarar fundada la apelación de Rivera y ratificar parcialmente los resultados del concurso.
Mejía sostiene que ese registro refleja lo ocurrido y que no participó en la decisión final sobre la apelación de Rivera. En entrevista con La República, explicó que la comisión estaba integrada por decanos y estudiantes y que, una vez elaborada la tabla final, se abstuvo debido a que los postulantes pertenecían a su facultad. “Yo me abstengo, porque son de mi facultad”, señaló.
Según su versión, durante la revisión de la apelación de Rivera no hubo una discusión sobre sus documentos. Afirmó que fue el presidente de la comisión quien planteó reconocer los puntos reclamados y que los abogados que brindaban soporte técnico al órgano tampoco formularon observaciones.
Respecto a sus propias intervenciones, Mejía señaló que estas estuvieron vinculadas principalmente a otro de los expedientes, correspondiente a Wilder Ramos, cuya documentación había generado una controversia sobre la validez de un documento presentado para obtener puntaje. “Yo lo que pedía era que se respete la documentación que se ha presentado”, afirmó.
La CPADDU, sin embargo, llegó a una conclusión distinta respecto de la actuación de Mejía. De acuerdo con el expediente disciplinario, el decano participó y votó en las deliberaciones de la CPAARLD y posteriormente intervino en el Consejo Universitario del 22 de diciembre de 2025. El procedimiento también cuestiona que no hubiera presentado oportunamente una abstención formal.
Sobre esa base, la comisión disciplinaria consideró que los hechos atribuidos constituían una falta muy grave y recomendó la destitución.
Mejía rechaza esa interpretación. Sostiene que una cosa son las intervenciones que pudo realizar durante la discusión de los expedientes y otra la decisión final de la comisión, respecto de la cual afirma haberse abstenido. También negó haber participado en la aprobación posterior de los resultados ante el Consejo Universitario.
Según relató, en esa instancia se revisaron las actas e informes y se continuó con el criterio adoptado previamente. “Yo no debería señalar ninguna votación, tampoco a ese nivel”, sostuvo.
El punto de controversia, por tanto, se encuentra en la interpretación de su participación durante las deliberaciones y en los efectos de la abstención que aparece consignada en el acta.
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Otro elemento del procedimiento es el incremento del puntaje de Rivera, que pasó de 84 a 88 puntos y modificó el orden final del concurso.
Mejía negó haber intervenido en esa modificación. Según explicó, no hubo una controversia sobre la apelación de Rivera y el presidente de la comisión planteó que correspondía reconocer los puntos reclamados. “No hubo ninguna observación”, afirmó.
La versión del decano contrasta con el cuestionamiento que dio origen al procedimiento disciplinario, que busca determinar si existió una intervención que comprometiera su deber de abstención. La documentación del expediente será evaluada en la instancia que ahora debe resolver el procedimiento.
La segunda controversia se refiere al órgano encargado de decidir la eventual sanción.
Mejía cuestionó que la Facultad de Ingeniería Electrónica y Eléctrica haya sido designada para resolver su expediente. Según su interpretación del reglamento disciplinario de la universidad, luego de la etapa de investigación el caso debe pasar a la facultad de origen del docente para la etapa sancionadora. Si esta no pudiera o no quisiera asumirla, correspondería entonces designar a otra facultad.
La Rectoría, en cambio, aceptó la abstención de la Facultad de Ciencias Administrativas y derivó el procedimiento a la FIEE. Mejía sostiene que antes de adoptar esa decisión debió consultarse a su facultad si asumiría el caso. “No puede saltearse pasándose a otra facultad sin haber preguntado todavía a mi facultad”, señaló.
A raíz de ello, presentó una denuncia ante la Fiscalía de Prevención del Delito y comunicó el caso a la Defensoría, alegando una posible vulneración del procedimiento. También remitió una carta notarial a la decana encargada de la FIEE para solicitar que el consejo no sesione ni adopte una decisión sobre su expediente.
Mejía cuestionó además la proporcionalidad de la destitución propuesta y negó haber favorecido a Rivera. “No hay una prueba fehaciente de que yo haya beneficiado a alguna persona”, afirmó. También sostuvo que existe un interés en retirarlo de la universidad. Esta última afirmación corresponde a su posición sobre el conflicto y no constituye una conclusión del procedimiento.
La FIEE citó a sesión extraordinaria virtual este jueves 24 de setiembre, a las 12 del mediodía, con el expediente de Mejía como único punto de agenda. El procedimiento deberá considerar los descargos del docente antes de adoptar una decisión sobre la recomendación de destitución.





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