
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) precisó que el DNI amarillo, utilizado por menores de edad, mantiene su validez legal para trámites administrativos mientras no haya vencido. La aclaración surge ante información imprecisa que circuló sobre un presunto reemplazo obligatorio del documento por el DNI electrónico, generando dudas entre padres de familia a puertas del proceso de matrícula escolar 2026.
La medida involucra a niños y adolescentes que cuentan con DNI amarillo emitido antes de agosto de 2025, fecha en la que dejó de producirse este formato. Según Reniec, el documento sigue siendo funcional para identificar a los menores en gestiones educativas, de salud y otros procedimientos cotidianos, siempre que respete el plazo de vigencia consignado.
Para el proceso de matrícula escolar 2026, el DNI amarillo puede presentarse sin inconvenientes si se encuentra vigente. Reniec informó que no existe una disposición que exija su reemplazo automático por otro tipo de documento únicamente por el inicio del año académico. La condición determinante para su aceptación es que no haya superado la fecha de expiración establecida al momento de su emisión.
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Además del ámbito educativo, este documento permite realizar inscripciones en academias, talleres deportivos y actividades formativas, así como acceder a atenciones en establecimientos de salud y programas sociales. Aunque ya no se emite, los DNI amarillos entregados con anterioridad conservan su valor legal durante el tiempo que la normativa lo autoriza, evitando que las familias deban efectuar trámites adicionales sin justificación administrativa.
Reniec reiteró que la verificación de la vigencia es suficiente para validar el uso del DNI amarillo, descartando la necesidad de migrar al DNI electrónico si el documento aún cumple con los plazos legales establecidos.
La renovación del DNI amarillo procede únicamente cuando el documento ha vencido o cuando el menor cumple 17 años, etapa en la que debe tramitarse el DNI de mayor de edad de forma presencial. La entidad recordó que la duración del documento no es uniforme y depende de la edad del titular al momento de su emisión.
Con la aplicación de la Ley N.° 32237, vigente desde enero de 2025, se modificaron los períodos de validez. En el caso de menores de 12 años, el DNI amarillo tiene una duración de tres años, mientras que para quienes superan esa edad puede mantenerse hasta cumplir los 17. Esta disposición responde a la necesidad de actualizar la información biométrica debido a los cambios físicos propios del crecimiento.
Para efectuar la renovación, se debe realizar el pago correspondiente y acudir a una oficina de Reniec acompañado por uno de los padres. Es obligatorio presentar el DNI del adulto responsable y, si el menor tiene menos de siete años, llevar una fotografía impresa con características específicas. Desde los siete años, la imagen es capturada directamente en las sedes de la institución.
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