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Sociedad

Sunedu plantea nuevas reglas para universidades: estas serían las condiciones para estudiar a distancia y semipresencial

Documento de Sunedu establece los lineamientos que las universidades deben seguir en modalidades virtuales para asegurar educación de calidad.

La Sunedu publica el proyecto de reglamento que establece las Condiciones Básicas de Calidad para la educación superior universitaria semipresencial y a distancia en Perú.
La Sunedu publica el proyecto de reglamento que establece las Condiciones Básicas de Calidad para la educación superior universitaria semipresencial y a distancia en Perú. | composición LR

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la publicación del proyecto del “Reglamento de Condiciones Básicas de Calidad para la prestación del servicio educativo superior universitario en la modalidad semipresencial y a distancia”, un documento clave que definirá los nuevos estándares para programas virtuales y combinados en todas las universidades del país.

El proyecto, elaborado por la Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria (Dirtensu), precisa las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) que deberán cumplir las universidades al ofrecer programas en modalidades virtuales o semipresenciales. La medida fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 056-2025-SUNEDU, emitida el 2 de diciembre de 2025.

¿Qué propone el nuevo reglamento de Sunedu?

Entre los puntos centrales destacan:

  • Definición de componentes presenciales obligatorios según la naturaleza de cada carrera.
  • Lista abierta de escenarios que configuran presencialidad, que cada universidad podrá adaptar según su autonomía.
  • Regulación de plataformas virtuales, interacción docente–estudiante, seguimiento académico y uso de tecnologías certificadas.
  • Estándares mínimos de infraestructura y equipamiento para carreras que requieren prácticas o laboratorios.
  • Supervisión posterior por parte de Sunedu para verificar el cumplimiento de las CBC.

El documento también precisa que los programas a distancia con actividades presenciales obligatorias deberán ser remitidos a la Sunedu para su registro declarativo, como parte del control del servicio educativo.

Ley Universitaria y clases virtuales

El proyecto se basa en diversos artículos de la Ley Universitaria, que establecen que las modalidades a distancia deben garantizar interacción docente–estudiante mediante tecnologías que promuevan aprendizaje autónomo, evaluaciones, seguimiento y capacitación continua en TIC.

Los informes de Dirtensu sustentan la propuesta en referencia al marco legal vigente. La Oficina de Asesoría Jurídica también dio opinión favorable y precisó que no corresponde aplicar un Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) porque el reglamento no crea nuevos procedimientos administrativos. Según el texto legal, el documento fue formulado en concordancia con el Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante.

Abren consulta pública de 15 días

Sunedu abrió un plazo de 15 días calendario para recibir opiniones, comentarios y aportes de universidades, especialistas y ciudadanía. Los aportes podrán enviarse mediante:

  • Mesa de partes: Calle Aldabas 337, Santiago de Surco (8:00 a 16:30).
  • Correo electrónico: notificaciones-dirtensu@sunedu.gob.pe
  • Formulario virtual: enlace publicado en el portal institucional.

La Dirtensu será la encargada de procesar, evaluar e incorporar (de ser pertinente) las sugerencias recibidas para elaborar la versión final del reglamento. La resolución dispone que el proyecto completo, junto con sus siete anexos y su exposición de motivos, sea publicado el mismo día en el Portal Institucional de Sunedu.

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