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Sociedad

Actualización de estado de emergencia prohíbe dos personas en moto lineal y que oculten identidad: estas son las sanciones

Las infracciones conllevarán sanciones progresivas, incluyendo multas y retenciones de licencias. Además, se implementaron nuevas acciones estratégicas para frenar el crimen organizado y mejorar la seguridad en zonas críticas.

El Decreto Supremo anuncia prohibiciones a una nueva categoría de moto lineal en Lima y Callao. Foto: Exitosa
El Decreto Supremo anuncia prohibiciones a una nueva categoría de moto lineal en Lima y Callao. Foto: Exitosa

El Gobierno de José Jerí dispuso actualizaciones a las medidas del estado de emergencia en Lima y Callao como parte de las estrategias para combatir la inseguridad ciudadana. Entre las principales disposiciones, destaca la prohibición del tránsito de dos personas adultas y el control de identidad en motocicletas lineales.

El decreto modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM. La norma, ratificada y ampliada mediante el Decreto Supremo Nº 127-2025-PCM, entró en vigencia el sábado 8 de noviembre y se mantendrá vigente mientras duren las medidas de urgencia.

¿Qué establece el nuevo decreto sobre las motocicletas?

Durante su aplicación, la Policía Nacional del Perú (PNP), con apoyo de las Fuerzas Armadas y los serenos municipales, realizará operativos de control e identificación en los principales puntos de las zonas de emergencia. La medida establece lo siguiente:

  • Solo el conductor podrá circular en motocicletas de las categorías L1 y L3.
  • Se prohíbe el uso de accesorios que dificulten la identificación del conductor, con excepción del casco reglamentario.

Sanciones por incumplir la prohibición

Las personas que infrinjan la prohibición estarán sujetas a un régimen de sanciones progresivo, conforme al Decreto Legislativo Nº 1216, al Decreto Supremo Nº 006-2025-IN y a la Resolución Directoral Nº 018.

Según el capítulo V del Decreto 1216, las sanciones se aplican de la siguiente manera:

  • Primera infracción: multa económica conforme al Reglamento Nacional de Tránsito.
  • Segunda infracción (reincidencia): retención de la licencia de conducir por hasta 2 años.
  • Tercera infracción: inhabilitación para obtener la licencia por 5 años.

Además, el reciente Decreto establece la intervención y confiscación de vehículos en depósitos autorizados, en caso de que estos presenten documentación adulterada o placas ilegibles, deterioradas, dañadas, laminadas o con elementos que impidan su correcta identificación.

Medidas complementarias

El Decreto Supremo también contempla acciones estratégicas en penales y centros de control para frenar el crimen organizado. Entre ellas se incluyen:

  • Corte de energía eléctrica en celdas y destrucción de antenas de telecomunicaciones ilegales.
  • Incautación de celulares y chips utilizados para extorsionar desde las cárceles.
  • Interconexión de las cámaras de videovigilancia municipales con la Central C4 de la PNP.
  • Uso de imágenes satelitales para el control de zonas de alto riesgo.
  • Participación de cadetes de escuelas policiales y militares en labores de seguridad ciudadana.
  • Ampliación del Centro de Comando, Control y Comunicación (C4), ubicado en el Gran Centro de Convenciones de Lima.

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