
Desde el 2026 los adultos mayores de 75 años pobres, que no están en condición de pobreza extrema, serán incluidos en el programa Pensión 65, programa que actualmente beneficia a los mayores de 65 años en pobreza extrema con S/350 cada dos meses.
El ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, señaló recientemente que la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (sistema de pensiones) contempla la ampliación del Programa Pensión 65 para incluir a los adultos mayores de 75 años en pobreza no extrema.
“Habrá una mayor cobertura previsional para que millones de peruanos que hoy están fuera del sistema puedan tener protección en su vejez y la ampliación del Programa Pensión 65 para adultos mayores de 75 años en condiciones de pobreza no extrema”, dijo.
Durante su presentación ante la Comisión de Economía del Congreso de la República, Raúl Pérez Reyes, sostuvo que lo más importante es preservar la reforma del sistema de pensiones.
“Es la oportunidad que tenemos para dar a cada peruano y peruana la seguridad de que después de toda una vida de esfuerzo podrá vivir su tercera edad con dignidad al poder contar finalmente con una pensión”, afirmó.
La ampliación de la cobertura del Programa Pensión 65 a las personas adultas mayores de 65 años en situación de pobreza es progresiva, según la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional. Así lo dispone la Segunda Disposición Complementarias Transitoria de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
También indica que las personas mayores de 65 años en situación de extrema pobreza, y mayores de 75 años en situación de pobreza no extrema, que no hayan accedido a una pensión, constituyen el primer grupo de personas a ser atendidas.
Entre los requisitos para empezar a cobrar la pensión bimensual de s/350:
*Tener 65 años o más.
*Contar con DNI.
*Vivir en condición de pobreza extrema, según el SISFOH.
*No recibir ningún tipo de pensión pública o privada.
*Llenar una declaración jurada en la que aceptas ser parte del programa (Formulario 1000).
Si un usuario de Pensión 65 no puede recibir personalmente su subsidio debido a una discapacidad física, otra persona está habilitada para hacerlo en su nombre.
Para llevar a cabo este trámite, se deben presentar dos documentos clave:
*Una declaración jurada.
*Una solicitud de autorización
Ambos formularios están disponibles para su descarga en la página web oficial del programa.
Para verificar que estás incluido en el padrón de Pensión 65 deberás hacerlo de manera digital, sigue estos sencillos pasos:

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