
El calendario oficial de feriados en Perú agregó una nueva fecha a partir de 2024: el 7 de junio. En este día se rememora uno de los sucesos más importantes en la historia del país. Esta incorporación se logró mediante una norma aprobada por insistencia en el Congreso de la República, que estableció este día como un feriado nacional no laborable y remunerado. La medida aplica tanto para el sector público como privado, según lo publicado en el Diario Oficial El Peruano.
El 7 de junio está vinculado a dos hechos de relevancia histórica: la Batalla de Arica y el Día de la Bandera. Ambos elementos contribuyen al fortalecimiento de la identidad nacional y han sido formalmente reconocidos como motivos suficientes para incluir este día en el calendario de descanso obligatorio.
La Ley N.º 31788, publicada en el diario El Peruano, declara al 7 de junio como feriado nacional no laborable y remunerado. Esta normativa especifica que el descanso aplica a todas las instituciones y entidades públicas del país, independientemente del régimen laboral de sus trabajadores.
Asimismo, el decreto modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 713, extendiendo el beneficio al sector privado. En consecuencia, todos los empleados —ya sea en el sector público o privado— tienen derecho a no laborar ese día sin que ello afecte su remuneración mensual.
El Día de la Bandera y la Batalla de Arica son los dos elementos que justifican la inclusión del 7 de junio como feriado nacional. Esta fecha rememora el enfrentamiento ocurrido en 1880 durante la Guerra del Pacífico, en el cual destacaron figuras como el coronel Francisco Bolognesi y Alfonso Ugarte. Ambos militares peruanos lideraron la defensa del morro de Arica contra las fuerzas chilenas, episodio que quedó registrado como un acto heroico a favor de la soberanía nacional.
Además, el 7 de junio se realiza la ceremonia oficial de renovación del juramento de fidelidad a la bandera del Perú, organizada por el Ministerio de Defensa a través del Ejército. Esta actividad, obligatoria para todas las entidades del Estado, refuerza el simbolismo de la fecha y su trascendencia en el calendario cívico del país.
De acuerdo con la legislación peruana, los trabajadores que deban laborar durante un feriado nacional como el 7 de junio tienen derecho a recibir una remuneración triple. Esto incluye el pago habitual por el día feriado, una remuneración adicional por el trabajo realizado y un 100% extra como compensación especial. Esta disposición se encuentra contemplada en el Decreto Legislativo N.º 713.
En contra, los días no laborables son decretados únicamente para el sector público, y su descanso debe ser compensado posteriormente. En el caso del sector privado, la aplicación de estas fechas es opcional, quedando a criterio del empleador en coordinación con el trabajador. Esta diferencia marca una distinción clave en la normativa laboral vigente, siendo los feriados días de descanso obligatorio y retribución garantizada para todos los sectores.
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