El Poder Ejecutivo ha realizado una modificación en su Código Penal para incluir los préstamos extorsivos, comúnmente denominados préstamos ‘gota a gota’, dentro del tipo penal de extorsión. La nueva Ley 32183, que introduce ajustes al Decreto Legislativo 635, establece sanciones de prisión que varían entre 10 y 15 años para quienes incurran en este delito, así como también pueden alcanzar hasta 25 años en casos de agravamiento.
"El que mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier otra índole, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años", se lee en el artículo 200.1 en el diario El Peruano.
En este contexto, la pena establecida en el literal 200.6 señala que será de no menos de quince ni más de veinticinco años de privación de libertad, además de inhabilitación conforme a los numerales 4 y 6 del artículo 36, cuando la violencia o amenaza sea cometida:
PUEDES VER: Extorsionadores incendian camioneta de colectivero en Surquillo: exigen S/10.000 a colegas de Av. México
Cabe mencionar que, si este tipo de actividades ilícitas se realiza a través de plataformas digitales tales como internet u otro medio análogo “induce u obliga mediante amenaza, intimidación, engaño o ardid a aceptar dinero o bienes, simulando un contrato de mutuo o cualquier otro con el fin de obtener una ventaja indebida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años”.
Por otro lado, el presidente de la Comisión de Justicia, Isaac Mita, en el debate de esta ley en el pleno del Congreso indico: “esta ley proporcionaría protección legal a la población vulnerable, como amas de casa, estudiantes y pequeños comerciantes, que suelen ser las principales víctimas de estos préstamos abusivos”.