El Día de San Pedro y San Pablo se celebra el 29 de junio, una festividad religiosa de gran relevancia en el país. Este 2024, esta celebración coincide con un sábado, lo que generaba expectativas en miles de peruanos de disfrutar de un merecido feriado largo que abarcara desde el viernes 28 hasta el domingo 30 de junio, retomando las actividades habituales el lunes primero de julio.
No obstante, el diario oficial El Peruano ha publicado la normativa correspondiente a estos días festivos, y en esta nota te invitamos a descubrir lo que establece al respecto.
El diario El Peruano ha establecido todos los feriados de este año a través de un calendario oficial. Según este calendario, el único día feriado para todos los peruanos será el 29 de junio. Por lo tanto, se puede concluir que no habrá un feriado largo en conmemoración de las festividades de San Pedro y San Pablo.
El 29 de junio es una fecha de gran relevancia en el calendario cristiano, ya que se conmemora a dos figuras emblemáticas: San Pedro y San Pablo. Estos dos santos son pilares fundamentales en la fe católica, representando valores esenciales y ejemplos de entrega y dedicación a la causa de Cristo.
San Pedro, uno de los apóstoles más cercanos a Jesús, es reconocido como el primer Papa de la Iglesia Católica. Su papel como líder espiritual y su firmeza en la doctrina cristiana lo convierten en una figura clave en la historia del cristianismo. Su humildad y su valentía al proclamar la fe incluso en momentos de persecución lo hacen un ejemplo a seguir para los creyentes.
Por otro lado, San Pablo, anteriormente conocido como Saulo de Tarso, tuvo un camino de conversión impactante. Inicialmente, perseguía a los seguidores de Jesús, pero una revelación divina transformó su vida por completo. A partir de ese momento, se convirtió en un incansable predicador del evangelio, viajando por diversas regiones para difundir la palabra de Dios. Su pasión y compromiso con la fe lo convirtieron en uno de los apóstoles más influyentes de la historia cristiana.
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Según la información proporcionada por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), los trabajadores pertenecientes al régimen privado que desempeñen sus labores durante el feriado del 29 de junio y no lleguen a un acuerdo con su empleador para establecer una fecha alternativa de descanso, estarán en la obligación de recibir un pago equivalente al triple de su remuneración habitual. Este triple pago comprende los siguientes conceptos: