Cargando...
Política

Congreso: fujimorismo plantea elegir al contralor sin propuesta del Poder Ejecutivo

De acuerdo a lo establecido en la Constitución, el contralor general de la República es elegido por el Parlamento, pero a propuesta del Ejecutivo. Fuerza Popular plantea una reforma constitucional para modificarlo.

larepublica.pe
La Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) solicitó al Equipo Forense Especializado en Materia Ambiental (EFOMA) un peritaje sobre afectación al sistema arbóreo.

La bancada de Fuerza Popular presentó el proyecto de reforma constitucional 3523/2022-CR, el cual plantea la modificación del artículo 82 de la Constitución Política del Perú para que el titular de la Contraloría General de la República sea elegido por el Congreso de la República, pero ya no a propuesta del Poder Ejecutivo.

La iniciativa promovida por el parlamentario Jorge Morante Figari plantear reforma la Carta Magna a fin de modificar el actual mecanismo de elección del contralor. Actualmente, el artículo 82 establece que es el Congreso el que elige y destituye por una falta grave al titular de la Contraloría. El candidato es propuesto por el Poder Ejecutivo.

“La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control. (…) El contralor general es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Puede ser removido por el Congreso por falta grave”, se lee en el artículo 82.

El nuevo texto planteado por el fujimorismo le quita la facultad al Ejecutivo de recomendar al nuevo contralor, pero fija el número de votos necesarios para elegir o destituir al titular de la Contraloría en el Pleno. Antes, este proceso se determinaba por una mayoría simple en la Comisión Permanente. “El contralor general es elegido por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal para un período de siete años. Puede ser removido por falta grave, con la misma votación”, planea incorporar Morante Figari.

Entre los motivos que se advierten para la modificación se señala una presunta falta de transparencia y de voluntad desde el Poder Ejecutivo para la designación de personas idóneas. Además, se advierte que la propuesta se inspira en el mecanismo de elección del titular de la Defensoría del Pueblo y de los miembros del Tribunal Constitucional (TC).