
En Ecuador, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos entre 18 y 65 años. En el referéndum y consulta popular de noviembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha establecido multas para quienes no voten. La sanción será del 10% del Salario Básico Unificado (SBU), que en 2025 equivale aproximadamente a 47 dólares. Esta medida busca asegurar la participación electoral y el compromiso cívico de la población ecuatoriana.
El CNE también contempla excepciones para aquellos ciudadanos que no puedan votar por razones específicas, como problemas de salud o si se encuentran fuera del país. Sin embargo, es fundamental que quienes no voten justifiquen adecuadamente su ausencia para evitar la multa por abstención.
El sistema electoral de Ecuador no perdona la abstención continua. Si un ciudadano tiene multas pendientes por no votar en elecciones anteriores, estas se acumularán a la nueva multa por no participar en el referéndum y consulta popular de 2025. De esta manera, aquellos que no cumplieron con su obligación en comicios pasados enfrentarán una carga económica mayor si deciden no votar nuevamente.
Por ejemplo, si una persona no votó en las elecciones generales de 2021 y también se abstiene de votar en el referéndum de 2025, deberá pagar la multa acumulada por ambas infracciones. Este enfoque busca incentivar la participación constante y evitar que los ciudadanos eludan su responsabilidad cívica.
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El CNE es el organismo encargado de supervisar el cumplimiento del voto obligatorio en Ecuador. Durante el referéndum de 2025, se utilizarán registros de votantes y actas de escrutinio para identificar a quienes no acudan a las urnas. Cuando esto ocurra, el CNE procederá a aplicar las sanciones correspondientes, que incluirán una multa económica del 10% del SBU.
Sin embargo, el CNE permite que algunos ciudadanos justifiquen su ausencia. Las personas que no voten por razones de salud, si se encuentran fuera del país o si tienen problemas con su cédula, podrán evitar la multa siempre que presenten los documentos necesarios que validen su excusa. Esta flexibilidad busca equilibrar la obligatoriedad del voto con las circunstancias especiales de algunos votantes.





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