
La empresaria y exvoleibolista, Natalia Málaga, sorprendió en una reciente audiencia judicial al detallar sus ingresos económicos frente al juez tras ser denunciada por rayar el auto de la esposa del hijo (Francisco García) de Eva Ayllón y, en medio del proceso, reveló la cifra que percibe como mánager de la reconocida cantante criolla.
“Son montos referenciales, no tengo un sueldo fijo (...) Gano 500 soles en los momentos que hago mi trabajo”, confesó la exdirectora técnica de la selección nacional de vóley, dejando en claro que sus honorarios como representante de Eva Ayllón no se basan en un salario mensual, sino en ingresos puntuales por actividad.
Durante la audiencia virtual, Natalia Málaga reconoció desempeña como representante de Eva Ayllón, con quien además ha consolidado una estrecha amistad. Sin embargo, su testimonio generó sorpresa cuando mencionó que su ingreso por esta actividad asciende a apenas 500 soles por ocasión de trabajo, sin precisar si se trata de un pago por día, semana o evento.
La exvoleibolista también informó sobre sus demás fuentes de ingresos. Detalló que percibe un sueldo fijo de S/1.050 por su cargo en el Instituto Peruano del Deporte (IPD) y que es dueña de una academia de vóley. En este último negocio, aseguró que sus ganancias varían: en época de verano puede llegar a S/12.000, mientras que en el resto del año oscila entre S/5.000 y S/6.000 mensuales.
Tras analizar sus declaraciones y cálculos, el juez determinó que los ingresos totales de Natalia Málaga ascienden a S/7.550 mensuales, lo que equivale a S/251,66 diarios. Con esta base, la multa fijada fue de S/1.887,30, correspondiente a 30 días de ingreso diario.
Sin embargo, además de la multa, la parte civil solicitó una indemnización total de S/10.000, que incluye S/1.200 por daño patrimonial y S/8.800 por daño moral y emocional a Jessica Segarra.
En cuanto a la sanción penal, el Ministerio Público aclaró que ya no busca una pena efectiva de cárcel, sino un año de prisión privativa de libertad suspendida. La jueza del caso señaló que, aunque no se oponen a la reparación civil, la parte agraviada deberá probar fehacientemente el daño moral alegado, lo cual podría sustentarse con una pericia psicológica.

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