
Los intereses que generan los depósitos de ahorro podrían continuar libres del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre de 2029 si avanza una iniciativa presentada en el Congreso. El planteamiento de Ahora Nación busca ampliar por tres años el tratamiento tributario que actualmente rige para los rendimientos obtenidos por determinados depósitos en el sistema financiero.
La discusión se produce a poco más de tres meses de que culmine el plazo establecido en la legislación actual. El artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta mantiene estas rentas exoneradas hasta el 31 de diciembre de 2026, por lo que cualquier ampliación requiere una nueva disposición legal.
La iniciativa fue presentada por José Marcelo Salazar, presidente de la Comisión de Economía, y contempla también determinadas operaciones realizadas por las cooperativas de ahorro y crédito con sus socios. El objetivo expuesto por sus impulsores es evitar que una eventual modificación tributaria reduzca el rendimiento que reciben los depositantes.
El proyecto no plantea crear una nueva exoneración, sino prolongar el régimen que ya se encuentra vigente. En concreto, busca mantener el tratamiento aplicable a los intereses provenientes de depósitos en empresas del sistema financiero y a determinadas operaciones de las cooperativas de ahorro y crédito.
Uno de los argumentos utilizados para sustentar la iniciativa es la composición de los depósitos. De acuerdo con información de la SBS citada por el Congreso, al cierre de 2025, el 95,9% de los titulares de cuentas de ahorro tenía saldos de hasta S/11.670.
Ese dato es relevante para el debate porque permite observar que la medida no está dirigida únicamente a quienes mantienen grandes cantidades de dinero en las entidades financieras. Los promotores sostienen que una eventual carga sobre los intereses también tendría incidencia sobre los pequeños depositantes.
El proyecto incorpora además al sistema cooperativo. A julio de 2025, las cooperativas de ahorro y crédito registraban 1 millón 511.925 socios depositantes y administraban más de S/8.000 millones en depósitos, según la información difundida por el Congreso.
La discusión también tiene una dimensión fiscal. El Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2027-2030 identificó esta exoneración entre los beneficios tributarios cuya vigencia llega a su fin durante 2026.
Para los intereses de los depósitos bancarios de personas naturales, el MEF estimó un costo fiscal de S/268 millones para 2027, equivalente a alrededor de 0,02% del PBI. En el caso de los intereses vinculados con depósitos en cooperativas de ahorro y crédito, el costo estimado asciende a otros S/25 millones.
En conjunto, ambos conceptos representan cerca de S/293 millones que el Estado dejaría de recaudar en 2027 si se mantiene el tratamiento tributario.
Este elemento introduce otro aspecto en la evaluación parlamentaria: además del efecto que tendría sobre los rendimientos de los depositantes, una prórroga implica mantener un gasto tributario que el MEF ya ha cuantificado dentro de sus proyecciones fiscales.
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La iniciativa legislativa llega después de que el Ministerio de Economía y Finanzas aclarara que no tiene previsto aplicar el Impuesto a la Renta sobre los intereses de las cuentas de ahorro desde el próximo año.
A inicios de septiembre, el MEF señaló que no ha planteado gravar estos rendimientos y que las versiones que apuntaban a esa posibilidad no correspondían a una medida impulsada por la cartera. La precisión fue realizada luego de que el MMM 2027-2030 incluyera la exoneración entre los beneficios tributarios con vencimiento en 2026.
Por ello, el vencimiento del régimen actual no significa que el Ejecutivo haya anunciado la creación de un nuevo impuesto para los intereses de las cuentas de ahorro. Se trata de dos asuntos distintos: una cosa es que termine la vigencia de una exoneración y otra que el Gobierno haya propuesto establecer una carga tributaria sobre esos rendimientos.
En este escenario, el proyecto de Ahora Nación busca fijar expresamente una nueva fecha para la continuidad del tratamiento vigente.
La iniciativa todavía debe seguir el procedimiento parlamentario antes de convertirse en una norma aplicable. Su presentación no modifica por sí sola el plazo vigente, que continúa establecido hasta el 31 de diciembre de 2026.
De aprobarse una extensión, el nuevo límite pasaría al 31 de diciembre de 2029. De no prosperar ninguna modificación legal antes del vencimiento, corresponderá aplicar las reglas tributarias que se encuentren vigentes en ese momento.
El debate tendrá así dos dimensiones. Por un lado, los impulsores del proyecto sostienen que mantener el tratamiento actual evita reducir el rendimiento de los depósitos y puede contribuir a preservar el ahorro dentro del sistema financiero formal. Por otro, el MMM permite dimensionar cuánto representa para las cuentas fiscales continuar con esta excepción tributaria.
La discusión parlamentaria deberá definir finalmente si ese tratamiento se prolonga por otros tres años y bajo qué condiciones. Mientras tanto, la fecha que figura actualmente en la legislación continúa siendo el 31 de diciembre de 2026.





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