
El Congreso publicó recientemente la Ley N.º 32524, que promueve la formalización y el fortalecimiento de negocios de vehículos gastronómicos —también conocidos como food trucks— en el Perú. La norma tiene como objetivo principal propiciar la inclusión y el desarrollo económico de los vehículos que comercializan comidas y bebidas en la vía pública.
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La ley N.º 32524, publicada el último 12 de diciembre en ‘El Peruano’, aplica a emprendimientos “cuya actividad económica se realice en vehículos motorizados y no motorizados, denominados ‘vehículos gastronómicos’, que han sido acondicionados para la preparación, cocción y comercialización de comidas y bebidas saludables en la vía pública”. Los también llamados food trucks, acorde a la norma, no deberían representar riesgos a la garantía de los productos ofrecidos para el cliente.
Los ministerios de la Producción, de Salud y de Transportes y Comunicaciones, bajo este contexto, han autorizado el uso de dichos vehículos. No obstante, es necesario que los gobiernos locales otorguen autorizaciones municipales para que los food trucks operen dentro de su jurisdicción.
Acorde a la norma, dentro de las autorizaciones para utilizar vehículos gastronómicos se encuentran:
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La norma indica textualmente que, dentro de los lineamientos más importantes al promover la formalización de los vehículos gastronómicos, se encuentran:





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